SEGUNDA.
Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2025 (1613)
1 de Enero, 2025
Vigente
SEGUNDA.
Se incorpora el Artículo 47 a la Ley N° 2042 de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, bajo la siguiente redacción:
"Artículo 47.
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I. |
Las previsiones normativas aplicables para la administración económica y financiera del Estado, forman parte de la presente Ley, incorporándose como su Anexo los mandatos contenidos en:
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II. |
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas anualmente deberá elaborar el Texto del Anexo de la presente Ley, actualizándolo cuando corresponda; efectuará su publicación previa autorización de la Gaceta Oficial de Bolivia, en el marco de la normativa vigente." |