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Resolución Ministerial MT 2021 864/21

21 de Septiembre, 2021

Vigente

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POR TANTO:

La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley;

RESUELVE:


PRIMERO.-

Aprobar el "REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE TELETRABAJO Y TRABAJO A DISTANCIA Y LOS  PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN Y APLICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS", conteniendo tres (III) Capítulos y trece (13) Artículos que, en Anexo forman parte indivisible de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento a lo establecido por la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 4570 de 18 de agosto de 2021.

SEGUNDO.-

Revocar la Resolución Ministerial Nº 220/20 de 24 de abril de 2020, así como el Reglamento de Implementación del Teletrabajo.

TERCERO.-

I.

Dejar sin efecto el Artículo Quinto (Medidas Laborales Implementadas) de la Resolución Ministerial Nº 026/21 de 15 de enero de 2021.

II.

Los Contratos y Convenios suscritos y emitidos con base en lo referido al Artículo Quinto de la Resolución Ministerial Nº 026/21 de 15 de enero de 2021, deberán adecuarse a lo establecido por el Decreto Supremo N° 4570 de 18 de agosto de 2021 y el Reglamento Anexo de la presente Resolución Ministerial.

CUARTO. -

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia para su aplicación y cumplimiento a partir del día siguiente hábil de su publicación en un medio de prensa de circulación nacional.

 

 

Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. Verónica Patricia Navia Tejada, MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN
SOCIAL.

ES CONFORME: Fdo. Víctor Pedro Quispe Ticona, VICEMINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Fdo. Fabiola Pareja Gutiérrez, DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS – MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.