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Resolución Ministerial MT 2020 220/20

24 de Abril, 2020

Vigente

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El DS 4218 de 14/04/2020 que establece la modalidad laboral del Teletrabajo y que es reglamentada por la presente norma, fue abrogado por el DS 4750 de 18/08/2021 (condiciones especiales de trabajo durante la pandemia del COVID-19).


 

POR TANTO:

El Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, de Organización del Órgano Ejecutivo.

RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO.-

Aprobar el REGLAMENTO DE IMPLEMENTACIÓN DEL TELETRABAJO en  sus cuatro (IV) Capítulos y catorce (14) Artículos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.-

La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, la Dirección General del Servicio Civil y la Dirección General de Planificación, a través de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, quedan encargadas de su cumplimiento y aplicación de la presente disposición legal.