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Circular ASFI 2016 394

14 de Junio, 2016

Vigente

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CIRCULAR ASFI/394/2016
La Paz, 14 JUN. 2016

Señores

Presente

REF:

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE CONTRATOS, AL ANEXO 1 DEL REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO Y AUDITORES INTERNOS Y AL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR DE SERVICIOS FINANCIEROS

 

Señores:

Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente la Resolución que aprueba y pone en vigencia las modificaciones al REGLAMENTO DE CONTRATOS, al ANEXO 1 DEL REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO Y AUDITORES INTERNOS y al REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR DE SERVICIOS FINANCIEROS, bajo el siguiente contenido:

1.

Reglamento de Contratos

1.1.

Sección 2: Directrices para la Elaboración de Contratos

Artículo 3° "Requisitos de Fondo" en el inciso g) "Prohibición de Cláusulas Abusivas", se determina que se considera una cláusula abusiva: la renuncia, exclusión y/o limitación de los derechos del cliente financiero, la renuncia o restricción de formular reclamos, así como el facultar a la Entidad Financiera a utilizar y compartir la información personal y/o crediticia del cliente financiero con otras empresas, entidades y/o proveedores.

Adicionalmente, en el marco de lo establecido en el parágrafo III del Artículo 22 de la Ley N° 453 de 4 de diciembre de 2013, se establece que las cláusulas abusivas insertas en los contratos, se tendrán por no puestas y no producirán efecto legal alguno.

Artículo 4° "Débitos automáticos", se incluye este artículo reglamentando que en el caso de contratos de operaciones crediticias, las entidades financieras, están facultadas para realizar débitos automáticos de la(s) cuenta(s) individualizadas y autorizadas de manera expresa por sus clientes, en dichos contratos, En consecuencia, se renumeran los artículos siguientes.

1.2.

Sección 3: Procedimiento de Registro 

Artículo 4° "Registro", se modifica este artículo estableciendo que ASFI tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para registrar los contratos no recurrentes o especiales, en función a lo establecido en la Cláusula Adicional Quinta del Decreto Supremo N° 2055 de 9 de julio de 2014.

1.3.

Sección 4: Terminación Anticipada de Contratos

Artículo 2° "Terminación de contratos por la entidad financiera", se modifica, considerando que para el caso de cuentas comentes, las entidades financieras deben pagar los cheques girados mientras exista provisión de fondos y no haya transcurrido el plazo para su presentación, de acuerdo a lo establecido en el Código de Comercio.

1.4.

Sección 5: Otras Disposiciones

Artículo 2° "Auditoria Interna", se incorpora este artículo, en el cual se dispone que la Unidad de Auditoria Interna debe contemplar en su Plan Anual de Trabajo la realización de revisiones y controles acerca del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Contratos. En consecuencia, se renumeran los artículos siguientes.

2.

Anexo 1 del Reglamento de Control Interno y Auditores Internos 

Se incorpora la tarea referida a las revisiones y controles que la Unidad de Auditoria Interna debe incluir en su Plan Anual de Trabajo acerca del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Contratos.

3.

Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros

3.1.

Sección 3; Obligaciones de las Entidades Financieras

Artículo 1° "Obligaciones", se incluye la obligación que tienen las entidades financieras de brindar al consumidor financiero una explicación clara y por escrito sobre las implicancias que tiene la renuncia al proceso ejecutivo para efectos del proceso coactivo, en lo que refiere a operaciones crediticias, debiendo tener una constancia de recepción de dicha explicación.

 

Las mencionadas modificaciones se incorporan en el Reglamento de Contratos, contenido en el Capítulo VII, Título V, Libro 2°, así como en el Anexo 1 del Reglamento de Control Interno y Auditores Internos, contenido en el Capítulo II, Título IX, Libro 3° y en el Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros, contenido en el Capítulo I, Título I, Libro 4°, insertos en la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.

Atentamente.

Lic. Ivette Espinoza Vasquez
DIRECTORA GENERAL EJECUTIVA a.i.
Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero


ENLACES RELACIONADOS

 

RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución ASFI/404/2016 de 14/06/2016

RECOPILACION DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS

Libro II - Título V - Registros

Libro IV - Título I - Atención a Clientes y Usuarios