Articulo 1 (Modificaciones a la RND N° 102000000025).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2024 102400000031

22 de Noviembre, 2024

Vigente

Modifica los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 de la RND 102000000025 de 18/09/202 (Reglamenta el uso del aplicativo MIS FACTURAS para sujetos pasivos del RC-IVA dependientes (F-100 V.4) y para Agentes de Retención; el envío de la Planilla Tributaria V.3 y presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608 V.4.). Modifica los Artículos 1, 5, 6, 7, 8 de la RND 101900000010 de 05/06/2019 (Procedimiento para la aplicación del DS 3890). Deroga los Parágrafos III y IV del Artículo 5 de la RND 10190000010 de 05/06/2019


Articulo 1 (Modificaciones a la RND N° 102000000025).-

I.

Se modifica el Artículo 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

Articulo 1 (Objeto).- Reglamentar el uso del Módulo RC-IVA – Mis Facturas y la generación de la Planilla Tributaria para la presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608, a través del SIAT en Línea.”

II.

Se modifica el segundo párrafo del artículo 2 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, suprimiendo el texto: “Profesionales Liberales u Oficios alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)”. 

III.

Se modifica el Artículo 3 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

Artículo 3 (Aprobación).- Se aprueban:

a)

El Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para el registro, selección de facturas y generación del Formulario 110 por los sujetos pasivos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) dependientes.

b)

El Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para la gestión de dependientes por los Agentes de Retención.

c)

La Planilla Tributaria para la determinación del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), que formará parte de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608, de acuerdo al Anexo Técnico disponible en la página web www.impuestos.gob.bo.”

IV.

Se modifica el Artículo 4 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

“Artículo 4 (Generación del Formulario 110 y presentación al Agente de Retención).-

I.

Los sujetos pasivos del RC-IVA dependientes, deberán presentar en forma mensual a sus Agentes de Retención el Formulario 110, a través de la opción habilitada en el SIAT en Línea, en la forma y plazos dispuestos en normativa vigente.

II.

El Formulario 110 físico deberá ser presentado al empleador adjuntando las facturas que hubieran sido emitidas en modalidades de facturación manual, prevalorada pre-impresa o Computarizada SFV. Cuando el Formulario 110 contenga únicamente facturas emitidas en una modalidad de facturación en línea, no será necesaria la impresión de las facturas, ni del citado Formulario, dándose por presentado con el solo acto de declarar el mismo a través del sistema.

III.

En el caso de facturas declaradas por importes iguales o mayores a Bs50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos), el dependiente deberá cargar de forma digital los documentos de pago y/o el contrato de crédito o préstamo bancario que respalde los pagos diferidos, cuando corresponda.” 

V.

Se modifica el Parágrafo I del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, sustituyendo el texto: “y procederá a su aceptación en el aplicativo MIS FACTURAS - Opción Agentes de retención.” por “a través del Módulo RC-IVA – MIS FACTURAS.” 

VI.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, sustituyendo el texto: “rechazará a través del aplicativo MIS FACTURAS - Opción Agentes de Retención y devolverá al dependiente el F-110 para la corrección.” por “deberá marcarlas a través del sistema para ser subsanadas por el dependiente, caso contrario el sistema procederá a validar la presentación del Formulario 110 excluyendo dichas facturas observadas.” 

VII.

Se modifica el Parágrafo III del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

"III.

Los Agentes de Retención deberán custodiar aquellos Formularios 110 que contengan facturas manuales, computarizadas SFV y/o prevaloradas pre-impresas, presentados por sus dependientes o ex dependientes, por el término de la prescripción prevista en la Ley N° 2492, transcurrido dicho plazo podrán disponer la destrucción de los mismos.”

VIII.

Se modifica el Artículo 6 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

Artículo 6 (Declaración de la Planilla Tributaria y Formulario 608).-

I.

Los Agentes de Retención del RC-IVA, deberán generar la Planilla Tributaria cuando exista impuesto retenido y/o saldos a favor de los dependientes. La Planilla Tributaria formará parte de la declaración del Formulario 608, mismo que deberá ser declarado en forma mensual hasta la fecha de vencimiento del RC-IVA de acuerdo al último dígito del NIT.

II.

Los Agentes de Retención no están obligados a generar la Planilla Tributaria, ni la declaración del Formulario 608, cuando sus dependientes no hubieren presentado el Formulario 110, no tengan saldos a su favor (crédito fiscal) y no existan saldos a favor del fisco.”

IX.

Se modifica el primer párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, suprimiendo el texto: “IUE Profesiones Liberales u Oficios” y “510”.

X.

Se modifica el primer párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, sustituyendo el texto: “utilizando el aplicativo “MIS FACTURAS - opción Generar FORMULARIO 110” para el registro, selección de facturas y generación del F-110 V.4” por “a través del Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para la generación del Formulario 110.”

XI.

Se modifica el segundo párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, sustituyendo el texto “Formulario 110 V.4” por “Formulario 110”. 

XII.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

"II.

Los contribuyentes señalados en el Artículo precedente, deberán custodiar los Formularios 110 que contengan facturas manuales, computarizadas SFV, prevaloradas preimpresas y los respaldos correspondientes, por el término de la prescripción prevista en la Ley N° 2492, transcurrido dicho plazo podrán disponer la destrucción de los mismos. Los Formularios 110 que contengan en su totalidad facturas emitidas a través de una modalidad de facturación en línea, serán automáticamente identificadas en el Formulario 110, en cuyo caso no será necesaria la impresión de dicho formulario ni de la representación gráfica de los Documentos Fiscales Digitales.”