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Resolucion Normativa de Directorio SIN 2024 102400000031

22 de Noviembre, 2024

Vigente

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POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas;

RESUELVE:


Articulo 1 (Modificaciones a la RND N° 102000000025).-

I.

Se modifica el Artículo 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

Articulo 1 (Objeto).- Reglamentar el uso del Módulo RC-IVA – Mis Facturas y la generación de la Planilla Tributaria para la presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608, a través del SIAT en Línea.”

II.

Se modifica el segundo párrafo del artículo 2 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, suprimiendo el texto: “Profesionales Liberales u Oficios alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)”. 

III.

Se modifica el Artículo 3 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

Artículo 3 (Aprobación).- Se aprueban:

a)

El Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para el registro, selección de facturas y generación del Formulario 110 por los sujetos pasivos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) dependientes.

b)

El Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para la gestión de dependientes por los Agentes de Retención.

c)

La Planilla Tributaria para la determinación del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), que formará parte de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608, de acuerdo al Anexo Técnico disponible en la página web www.impuestos.gob.bo.”

IV.

Se modifica el Artículo 4 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 modificado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

“Artículo 4 (Generación del Formulario 110 y presentación al Agente de Retención).-

I.

Los sujetos pasivos del RC-IVA dependientes, deberán presentar en forma mensual a sus Agentes de Retención el Formulario 110, a través de la opción habilitada en el SIAT en Línea, en la forma y plazos dispuestos en normativa vigente.

II.

El Formulario 110 físico deberá ser presentado al empleador adjuntando las facturas que hubieran sido emitidas en modalidades de facturación manual, prevalorada pre-impresa o Computarizada SFV. Cuando el Formulario 110 contenga únicamente facturas emitidas en una modalidad de facturación en línea, no será necesaria la impresión de las facturas, ni del citado Formulario, dándose por presentado con el solo acto de declarar el mismo a través del sistema.

III.

En el caso de facturas declaradas por importes iguales o mayores a Bs50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos), el dependiente deberá cargar de forma digital los documentos de pago y/o el contrato de crédito o préstamo bancario que respalde los pagos diferidos, cuando corresponda.” 

V.

Se modifica el Parágrafo I del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, sustituyendo el texto: “y procederá a su aceptación en el aplicativo MIS FACTURAS - Opción Agentes de retención.” por “a través del Módulo RC-IVA – MIS FACTURAS.” 

VI.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, sustituyendo el texto: “rechazará a través del aplicativo MIS FACTURAS - Opción Agentes de Retención y devolverá al dependiente el F-110 para la corrección.” por “deberá marcarlas a través del sistema para ser subsanadas por el dependiente, caso contrario el sistema procederá a validar la presentación del Formulario 110 excluyendo dichas facturas observadas.” 

VII.

Se modifica el Parágrafo III del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

"III.

Los Agentes de Retención deberán custodiar aquellos Formularios 110 que contengan facturas manuales, computarizadas SFV y/o prevaloradas pre-impresas, presentados por sus dependientes o ex dependientes, por el término de la prescripción prevista en la Ley N° 2492, transcurrido dicho plazo podrán disponer la destrucción de los mismos.”

VIII.

Se modifica el Artículo 6 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:

Artículo 6 (Declaración de la Planilla Tributaria y Formulario 608).-

I.

Los Agentes de Retención del RC-IVA, deberán generar la Planilla Tributaria cuando exista impuesto retenido y/o saldos a favor de los dependientes. La Planilla Tributaria formará parte de la declaración del Formulario 608, mismo que deberá ser declarado en forma mensual hasta la fecha de vencimiento del RC-IVA de acuerdo al último dígito del NIT.

II.

Los Agentes de Retención no están obligados a generar la Planilla Tributaria, ni la declaración del Formulario 608, cuando sus dependientes no hubieren presentado el Formulario 110, no tengan saldos a su favor (crédito fiscal) y no existan saldos a favor del fisco.”

IX.

Se modifica el primer párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, suprimiendo el texto: “IUE Profesiones Liberales u Oficios” y “510”.

X.

Se modifica el primer párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, sustituyendo el texto: “utilizando el aplicativo “MIS FACTURAS - opción Generar FORMULARIO 110” para el registro, selección de facturas y generación del F-110 V.4” por “a través del Módulo RC-IVA - MIS FACTURAS para la generación del Formulario 110.”

XI.

Se modifica el segundo párrafo del Parágrafo I del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, sustituyendo el texto “Formulario 110 V.4” por “Formulario 110”. 

XII.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 incorporado por la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000001 de 05 de enero de 2022, con el siguiente texto:

"II.

Los contribuyentes señalados en el Artículo precedente, deberán custodiar los Formularios 110 que contengan facturas manuales, computarizadas SFV, prevaloradas preimpresas y los respaldos correspondientes, por el término de la prescripción prevista en la Ley N° 2492, transcurrido dicho plazo podrán disponer la destrucción de los mismos. Los Formularios 110 que contengan en su totalidad facturas emitidas a través de una modalidad de facturación en línea, serán automáticamente identificadas en el Formulario 110, en cuyo caso no será necesaria la impresión de dicho formulario ni de la representación gráfica de los Documentos Fiscales Digitales.” 

Articulo 2 (Modificaciones a la RND N° 101900000010).-

I.

Se modifica el Artículo 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 5 de junio de 2019 con el siguiente texto:

Artículo 1 (Objeto).- Reglamentar el traslado de saldo a favor del dependiente RC-IVA de las personas naturales en relación de dependencia en casos de desvinculación, para su imputación como pago a cuenta del RC-IVA, en la siguiente fuente laboral en calidad de dependiente.” 

II.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 05 de junio de 2019 modificado por la Disposición Adicional cuarta de la Resolución Normativa de Directorio N° 1020000000252, con el siguiente texto:

"II.

A efecto de lo dispuesto en el parágrafo anterior, en base a la información de la Planilla Tributaria declarada por los Agentes de Retención, el sistema de forma automática trasladará este saldo de crédito fiscal al momento de la generación de la Planilla Tributaria del periodo correspondiente y establecerá el saldo a favor del dependiente RC-IVA, actualizado al último día hábil del mes anterior, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 del Decreto Supremo N° 21531.”

III.

Se modifica el Artículo 6 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 05 de junio de 2019, con el siguiente texto:

“Cuando el Agente de Retención realice pagos a ex dependientes, emergentes de su previa relación de dependencia y con posterioridad a su desvinculación, el ex dependiente podrá utilizar este saldo de Crédito Fiscal para compensar el RC-IVA emergente de dichos pagos.

A efecto de lo señalado en el párrafo precedente, el Agente de Retención a través del sistema deberá confirmar dichos saldos utilizados por los ex dependientes.”

IV.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 7 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 05 de junio de 2019, sustituyendo el texto: “la obtención del “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA” y/o “Certificado de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA.” por “el uso o traslado del mismo.” 

V.

 Se modifica el Parágrafo I del Artículo 8 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 05 de junio de 2019, sustituyendo el texto: “ingresar a la opción “Generación Código de Dependiente RC-IVA” de su Oficina Virtual y registrar la siguiente información: a) Tipo de Documento de Identidad; b) Número de Documento de Identidad; c) Complemento del Documento de Identidad (cuando corresponda); d) Primer Apellido; e) Segundo Apellido (cuando corresponda); f) Nombres; g) Fecha de Nacimiento; h) Dirección del Domicilio del Dependiente; i) Número de Teléfono del Dependiente; j) Número de Celular del Dependiente; k) Correo Electrónico (personal).” por “realizar esta asignación a través del Módulo RC-IVA Mis Facturas.”

VI.

Se modifica el Parágrafo II del Artículo 8 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000010 de 05 de junio de 2019 modificado por la LRND N° 10200000002 de 18 de septiembre de 2020, sustituyendo el texto: “Planilla Tributaria V.3” por “Planilla Tributaria”. 

DISPOSICIÓN DEROGATORIA 

Única.-

Quedan derogados los Parágrafos III y IV del Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio N° 10190000010 de 5 de junio de 2019.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.-

Cuando el Agente de Retención, realice el envío o corrección de la Planilla Tributaria por periodos anteriores a la vigencia de la presente Resolución, deberá generar la Planilla Tributaria a través del Módulo RC-IVA – Mis Facturas del SIAT en Línea. 

Segunda.-

Cuando el Agente de Retención, presente una Declaración Jurada Original o Rectificatoria del Formulario 608 por periodos anteriores a la vigencia de la presente Resolución, deberá realizar la presentación a través del SIAT en Línea.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.-

La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación