DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-
Decreto Supremo 4505
5 de Mayo, 2021
Vigente
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-
Se modifican los Parágrafos I y II del Artículo 29 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, con el siguiente texto:
"I. |
En el marco de la Ley N° 1257, de 24 de octubre de 2019, de Fomento a la Adquisición Estatal de Bienes Nacionales, la contratación de bienes deberá estar dirigida a la producción nacional, de conformidad a la normativa específica. |
II. |
Cuando un determinado bien demandado no se encuentre consignado en el Catálogo Electrónico - Compro Hecho en Bolivia, la entidad pública realizará la contratación en el marco de las presentes NB-SABS. Asimismo, cuando la oferta consignada en el catálogo electrónico, no cumpla con las condiciones de la demanda de la entidad pública, ésta podrá realizar contrataciones de acuerdo con las modalidades previstas en las presentes NB-SABS." |