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Decreto Supremo 5551

20 de Febrero, 2026

Vigente

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RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto constituir al Despacho de Gestión Social de Su Excelencia – DEGSE como institución pública descentralizada, bajo tuición de la Ministra(o) de la Presidencia.

ARTÍCULO 2.- (NATURALEZA JURÍDICA).

El Despacho de Gestión Social de Su Excelencia – DEGSE se constituye como institución pública descentralizada, de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, y patrimonio propio, bajo tuición de la Ministra(o) de la Presidencia.

ARTÍCULO 3.- (ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL).

I.

La DEGSE no cuenta con Directorio y está a cargo de una Directora o Director General Ejecutivo como Máxima Autoridad Ejecutiva, designado por la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, mediante Resolución Suprema.

II.

La DEGSE contará con un equipo multidisciplinario para el cumplimiento de sus funciones.

III.

La DEGSE coordinará con las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y Administrativos al interior del Ministerio de la Presidencia.

ARTÍCULO 4.- (FUNCIONES DE LA DEGSE).

La DEGSE tendrá las siguientes funciones:

a)

Solicitar bienes adjudicados, decomisados o abandonados recibidos o gestionados por el Ministerio de la Presidencia, conforme a la Ley N° 615, de 15 de diciembre de 2014, y normativa conexa, para la transferencia a título gratuito a instituciones del sector público, organizaciones económicas productivas, organizaciones privadas sin fines de lucro, organizaciones territoriales, organizaciones indígena originario campesinas, familias o personas en situación de vulnerabilidad;

b)

Desarrollar programas, proyectos y actividades de carácter solidario en favor de personas, familias y comunidades en situación de vulnerabilidad;

c)

Promover espacios de interacción entre el Estado y la sociedad civil;

d)

Impulsar y fortalecer procesos de organización y autogestión de comunidades urbanas y rurales;

e)

Gestionar acciones de ayuda social con instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales; en el caso de instituciones internacionales, coordinará con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, cuando corresponda;

f)

Gestionar recursos para la ejecución de acciones sociales, incluyendo transferencias público-privadas en efectivo y/o en especie, autorizadas conforme a la normativa vigente;

g)

Realizar el monitoreo, evaluación y seguimiento de los y actividades ejecutadas, asegurando transparencia y rendición de cuentas;

h)

Otras funciones establecidas en normativa vigente.

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-

I.

La estructura organizacional de la DEGSE será establecida en reglamentación interna, conforme a la normativa vigente.

II.

Entre tanto se emita la reglamentación interna señalada en el Parágrafo precedente, la DEGSE desarrollará sus funciones bajo la normativa interna vigente del Ministerio de la Presidencia.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIÓN ABROGATORIA.-

Se abroga el Decreto Supremo N° 5502, de 15 de diciembre de 2025.

Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.