Resolución Ministerial MT 2021 699/21
20 de Julio, 2021
Vigente
Versión original
POR TANTO:
La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social en uso específico de sus atribuciones conferidas por ley,
RESUELVE:
PRIMERO.-
APROBAR el proceso de regularización para la presentación de Protocolos Específicos de Bioseguridad destinado a empresas, establecimientos laborales e instituciones públicas o privadas que no hubieran presentado dichos protocolos dentro del plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 186/21 de 04 de marzo de 2021, modificado por la Resolución Ministerial Nº 320/21 de 31 de marzo de 2021.
SEGUNDO.-
APROBAR la siguiente escala de costos para la regularización de los Protocolos de Bioseguridad Específicos, con base al número de trabajadores con los que cuenta la empresa o establecimiento laboral.
| COSTOS DE REGULARIZACIÓN DE PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD ESPECIFICOS | |
| DESCRIPCIÓN | COSTO |
| Más de 200 trabajadores | Bs 800.- |
| De 101 a 200 trabajadores | Bs 400.- |
| De 51 a 100 trabajadores | Bs 200.- |
| De 1 a 50 trabajadores | Bs 100.- |
TERCERO.-
DISPONER el plazo de presentación de Protocolos Específicos de Bioseguridad destinado a empresas, establecimientos laborales e instituciones públicas o privadas en el proceso de regularización ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, disponiendo un plazo hasta el 17 de septiembre de 2021.
CUARTO.-
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I. |
RATIFICAR la vigencia de los Protocolos de Bioseguridad Específicos, que hubieran sido presentados al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, conforme a la Resolución Ministerial Nº 186/21 de 04 de marzo de 2021 y Resolución Ministerial Nº 320/21 de 31 de marzo de 2021, siempre y cuando no hayan realizado cambios en la razón social o modificaciones a las condiciones de trabajo posteriores a la fecha de presentación. |
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II. |
Aquellas empresas, establecimientos laborales e instituciones públicas o privadas que hayan realizado cambios en la razón social o modificaciones a las condiciones de trabajo desde la primera presentación del trámite ante esta Cartera de Estado, deberán presentar un nuevo Protocolo de Bioseguridad actualizado, el mismo no estará sujeto al proceso de regularización señalado precedentemente. |
QUINTO.-
El protocolo específico de bioseguridad, deberá ser registrado a través del "Formulario Digital de Registro de Protocolos de Bioseguridad” habilitado en la plataforma Web Institucional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, debiendo adjuntar la siguiente documentación:
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1. |
Boleta de Depósito Bancario, el cual debe ser efectuado en la cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social Nº 1-6036425 del Banco Unión S.A., en base a los costos dispuestos en la presente Resolución. |
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2. |
Certificado de Registro Obligatorio del Empleador. |
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3. |
Protocolo Específico de Bioseguridad en formato ".PDF" Firmado por el Empleador y/o Representante Legal y el Profesional o Técnico Responsable de la elaboración del documento. |
SEXTO.-
Quedan firmes y subsistentes las disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 186/21 de 04 de marzo de 2021 y Resolución Ministerial Nº 320/21 de 31 de marzo de 2021 que no hayan sido expresamente modificadas por la presente Resolución.
SÉPTIMO.-
La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional de esta Cartera de Estado, queda encargada de la difusión y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.