Resolución Ministerial MT 2024 001/24
2 de Enero, 2024
Vigente
Versión original
POR TANTO:
La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social en uso de sus atribuciones conferidas por Ley;
RESUELVE:
PRIMERO.-
APROBAR el "REGLAMENTO PARA EL REFRENDADO DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE TRABAJADORES NACIONALES Y TRABAJADORES EXTRANJEROS", que en anexo forma parte indivisible de la presente Resolución Ministerial.
SEGUNDO.-
REVOCAR el Artículo 13 de la Resolución Ministerial Nº 855/14 de 11 de diciembre de 2014.
TERCERO.-
APROBAR la INCORPORACIÓN al Módulo de Tramites del Sistema de Inspectoría y Trámites - SGT los siguientes:
- |
REGISTRO DE REFRENDADO DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE TRABAJADORES NACIONALES Y TRABAJADORES EXTRANJEROS, |
- |
REGISTRO DEL REFRENDADO DEL FORMULARIO UNICO DE FINIQUITO. |
CUARTO.-
Se establece que las medidas de registro y control adoptadas en la prueba piloto de REFRENDADO DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE TRABAJADORES NACIONALES y REGISTRO DEL REFRENDADO DEL FORMULARIO UNICO DE FINIQUITO en la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, desde fecha 01 de agosto de 2023, son plenamente válidas.
QUINTO.-
La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, son las encargadas de efectuar las gestiones pertinentes para la difusión, socialización y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
SEXTO.-
La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y la Dirección General de Asuntos Administrativos, a través de los mecanismos administrativos correspondientes, son los encargados de tramitar la publicación de la presente Resolución Ministerial en un medio de prensa de circulación nacional y en la Página Web (https: //www.mintrabajo.gob.bo/) de esta Cartera Ministerial, de manera conjunta.
SÉPTIMO.-
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en un medio de prensa nacional y en la Página Web de esta institución, de manera conjunta.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Fdo. Verónica Patricia Navia Tejada, MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.
Fdo: Gonzalo Ornar Zambrana Avila; VICEMINISTRO DE EMPLEO, SERVICIO CIVIL Y COOPERATIVAS.
Fdo. Abog. Fabiola Pareja Gutierrez, DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.
REGLAMENTO PARA EL REFRENDADO DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE TRABAJADORES NACIONALES Y TRABAJADORES EXTRANJEROS
Pulse para ver el Reglamento para el refrendado del contrato individual de trabajo de trabajadores nacionales y trabajadores extranjeros, aprobado por RM MT 2024/01/24 de 02/01/2024