ANEXOS
Presentación de Estados Financieros y de Información Tributaria Complementaria en Físico y Digital (SIN 2018 101800000004)
2 de Marzo, 2018
Vigente
ANEXOS
a) |
REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS CON DICTAMEN DE AUDITORIA EXTERNA
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b) |
REGLAMENTO PARA LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS O MEMORIA ANUAL Los sujetos pasivos comprendidos en el parágrafo I y II del Artículo 4 de la presente Resolución Normativa de Directorio que aprueba este reglamento, deberán presentar la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros o Memoria Anual, que contendrá lo siguiente:
Como Anexo a este Reglamento se incluyen modelos de formato de cada anexo con instrucciones para su preparación. Los contribuyentes obligados a presentar esta Información Tributaria Complementaria deberán presentar los 15 Anexos indicados anteriormente, marcando con la mención “NO APLICABLE” aquellos anexos que no fueran aplicables a su actividad. Asimismo, no podrán modificar la descripción ni la codificación de las columnas definidas en los modelos de los Anexos, sin embargo, el contribuyente podrá insertar nuevas columnas de acuerdo a su requerimiento. |
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c) |
REGLAMENTO PARA LA EMISIÓN DEL DICTAMEN TRIBUTARIO SOBRE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS O MEMORIA ANUAL ALCANCE DE PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS TRIBUTARIOS DE AUDITORÍA SOBRE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS O MEMORIA ANUAL El examen de auditoría externa en general y de la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros o Memoria Anual, deberá ser efectuado de acuerdo con Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en Bolivia y por lo tanto cumplir con los siguientes objetivos:
Para lograr esos objetivos, a continuación, se incluyen procedimientos específicos mínimos que deberá ejecutar el auditor que dictamine sobre Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros. Este detalle es solo enunciativo y no limitativo. El auditor deberá basarse en su evaluación de los controles internos y de las debilidades detectadas en los procedimientos aplicados
DICTAMEN TRIBUTARIO SOBRE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS El Dictamen Tributario sobre la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros deberá contener como mínimo lo siguiente:
A continuación, se incluyen modelos de Dictamen Tributario sobre Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros.
DICTAMEN TRIBUTARIO DEL AUDITOR INDEPENDIENTE SOBRE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA
INFORME DE PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS Los auditores deberán incorporar en su informe, a continuación de la información financiera complementaria, un resumen de los procedimientos utilizados para examinar la “Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros”. Este resumen deberá incluir una descripción del alcance de las pruebas, el criterio utilizado para tomar las muestras, la cobertura alcanzada, y el resultado de las verificaciones efectuadas. Las muestras indicadas en el “Alcance mínimo de las tareas de auditoría sobre la información tributaria complementaria a los estados financieros” de este Reglamento, son alcances mínimos. El auditor deberá evaluar los resultados de la aplicación de estos alcances mínimos y en caso de ser necesario, ampliar los mismos, de acuerdo con lo requerido por las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en Bolivia. En caso de que el auditor en cualquier aspecto de su trabajo no haya podido obtener suficiente información o realizar algún tipo de verificación, el hecho debe ser mencionado en su informe. El auditor deberá incluir en su informe un detalle de la muestra de facturas requerida en el punto 2.4 del “Alcance de Procedimientos Mínimos Tributarios de Auditoría sobre la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros o Memoria Anual” de este Reglamento, indicando:
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