Artículo 1. (Modificaciones).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2017 101700000022

17 de Noviembre, 2017

Vigente

Modifica la RND 10.0009.11 de 21/04/2011 (Procedimiento y Requisitos de Inscripción y Modificaciones al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital - PBD-11)


Artículo 1. (Modificaciones).-

I.

Se modifica el Inciso n) del Artículo 4 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

"n)

Formulario PBD.- Declaración Jurada generada en el proceso de inscripción, modificación o actualización de datos en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD).

II.

Se modifica el subnumeral 1.2.6 del numeral 1. (Régimen General) del Artículo 18 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

"1.2.6.

Los Órganos del Estado Plurinacional de Bolivia, Instituciones de Control de Defensa de la Sociedad y Defensa del Estado, Instituciones escentralizadas, Universidades Públicas, Instituciones de Seguridad Social, Empresas Públicas, Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario Campesino, Banco Central de Bolivia, Instituciones Financieras Bancarias e Instituciones Financieras No Bancarias del Estado y sus Entidades Desconcentradas.

a)

Disposición normativa de creación.

b)

Formulario con Código Institucional y Dirección Administrativa (en caso de Entidades Desconcentradas) emitido por el Sistema de Información y Gestión Pública (SIGEP).

c)

Documento de Identidad del Representante Legal (vigente).

d)

Ley/Decreto Supremo/Resolución del Representante Legal de la entidad.

e)

Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Fiscal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.

f)

Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Habitual del Representante Legal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.

g)

Croquis del Domicilio Fiscal y Domicilio Habitual del Representante Legal.

Podrán solicitar la inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD) aquellas entidades del sector público que cuenten con código institucional registrado en el SIGEP y las entidades desconcentradas dependientes de éstas. No procederá la inscripción de Direcciones Administrativas que no tengan naturaleza de entidad desconcentrada”.

Para la inscripción, en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD) de las Empresas Públicas Productivas que se encuentren bajo dependencia del servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, se considerará la personalidad jurídica reconocida a esta última entidad.

III.

Se modifica el subnumeral 1.1.2.6 del numeral 1. (Régimen General) del Artículo 22 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

"1.1.2.6

Los Órganos del Estado Plurinacional de Bolivia, Instituciones de Control de Defensa de la Sociedad y Defensa del Estado, Instituciones Descentralizadas, Universidades Públicas, Instituciones de Seguridad Social, Empresas Públicas, Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario Campesino, Banco Central de Bolivia, Instituciones Financieras Bancarias e Instituciones Financieras No Bancarias del Estado y sus Entidades Desconcentradas. 

a)

Disposición normativa de creación.

b)

Formulario con Código Institucional y Dirección Administrativa (en caso de Entidades Desconcentradas) emitido por el Sistema de Información y Gestión Pública (SIGEP). 

c)

Documento de Identidad del Representante Legal (vigente).

d)

Ley/Decreto Supremo/Resolución del Representante Legal de la entidad.

e)

Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Fiscal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.

f)

Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Habitual del Representante Legal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.

g)

Croquis del Domicilio Fiscal y Domicilio Habitual del Representante Legal.

Para la inscripción, en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD) de las Empresas Públicas Productivas que se encuentren bajo dependencia del servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, se considerará la personalidad jurídica reconocida a esta última entidad.

IV.

Se modifica el numeral 6 del Artículo 22 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

"6.

Reposición de Tarjeta de acceso a la Oficina Virtual.- Los Contribuyentes podrán solicitar la reposición de su Tarjeta Virtual o Física para el acceso a la Oficina Virtual, de acuerdo al siguiente procedimiento:

I.

Tarjeta Virtual, se repondrá a través de la Oficina Virtual, los nuevos códigos de acceso serán enviados al correo electrónico declarado, sin la necesidad de apersonarse a Plataforma de Recaudación y Empadronamiento, de acuerdo al siguiente procedimiento:

1.

Ingresar a la página Web del SIN (www.impuestos.gob.bo).

2.

Hacer click en el ícono de la Oficina Virtual

3.

Hacer click en la opción “Padrón Biométrico Digital” de la opción “Trámites Tributarios” del “Portal Servicio al Contribuyente”.

4.

Ingresar el NIT, Usuario, Contraseña y Código Captcha.

5.

Seleccionar la opción “Reposición de Tarjeta Virtual”

6.

Ingresar el Número documento de Identidad del Titular o Representante Legal.

7.

Hacer click en el botón “Recuperar Tarjeta” para recuperar una tarjeta disponible.

8.

Hacer click en el botón “Verificar correo”, el sistema enviará un mensaje de aviso al correo declarado.

9.

Ingresar al correo declarado y abrir el mensaje recibido.

10.

Hacer click o copiar la ruta del navegador asignado, se abrirá el navegador.

11.

Ingresar el NIT y el código captcha, a continuación recibirá un nuevo mensaje con la información solicitada:

a)

Código de Tarjeta

b)

Pin

II.

Tarjeta Física, se repondrá en Plataforma de Recaudación y Empadronamiento con la presentación del documento de identidad vigente del Sujeto Pasivo o Representante Legal (Cédula de Identidad para los nacionales o Carnet de Extranjería para extranjeros). A este efecto el Servidor Público realizará la verificación de la huella digital del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable.

V.

Se modifica el Artículo 31 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

“Artículo 31. (Certificación Electrónica de no tenencia de Número de Identificación Tributaria NIT o NIT Inactivo para Personas Naturales).-

I.

Para obtener la Certificación, el solicitante debe seguir los siguientes pasos:

1.

Ingresar a la página web de la Administración Tributaria www.impuestos.gob.bo.

2.

Ingresar a la Oficina Virtual.

3.

Ingresar al “Portal Servicio al Ciudadano”.

4.

Seleccionar la opción “Certificación de No tenencia del NIT o NIT Inactivo”, debiendo ingresar la siguiente información:

a)

Número de Documento de Identidad.

b)

Lugar de expedición.

c)

Fecha de nacimiento.

d)

Primer Apellido.

e)

Segundo Apellido.

f)

Apellido de Casada.

g)

Nombre(s).

h)

Código Captcha.

5.

Hacer click en el botón “Consultar”, se abrirá una ventana emergente con una vista previa de la certificación para su impresión.

II.

La Certificación de No tenencia del NIT o NIT Inactivo constará de una leyenda de certificación, fecha de certificación, código de certificación y código de seguridad, cuya validez se circunscribe al territorio nacional.”

III.

La autenticidad de la “Certificación de No tenencia del NIT o NIT Inactivo” podrá ser verificada ingresando a la página web del Servicio de Impuestos Nacionales, opción “Oficina Virtual”, “Servicio al Ciudadano – Consultas Públicas”, ingresando el “NIT” o “Número de Documento” del Certificado y el “Código de Certificación”, hacer click en el botón Consultar” que desplegará el “Código de Seguridad” que deberá coincidir con el código impreso en el documento físico, pudiendo visualizar el mismo haciendo click en la opción “imprimir”.