PRIMERA.
Presupuesto General Del Estado – Gestión 2026 (1705)
31 de Diciembre, 2025
Vigente
PRIMERA.
Se modifica el Artículo 14 de la Ley N° 856 de 28 de noviembre de 2016, previsto en el Anexo de la Ley N° 2042 de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, quedando redactado con el siguiente texto:
"ARTÍCULO 14 (INSCRIPCIÓN DE SALDOS DE CAJA Y BANCOS PARA UNIVERSIDADES PÚBLICAS). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, previa evaluación, registrar en el presupuesto institucional de las universidades públicas, los recursos de saldos de caja y bancos al 31 de diciembre de la gestión anterior destinados a financiar proyectos de inversión pública, así como para cubrir el costo de becas y los gastos financiados con recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) en el marco de la normativa vigente. Se exceptúa del registro autorizado, los recursos del Programa "Bolivia Cambia.".