Decreto Supremo 5366
2 de Abril, 2025
Vigente
Versión original
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
Con la finalidad de aumentar la capacidad productiva de la Empresa Metalúrgica de Vinto – EMV, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar un aporte de capital a favor de la citada empresa.
ARTÍCULO 2.- (APORTE DE CAPITAL).
I. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar un aporte de capital con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación – TGN a favor de la EMV bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, por un monto de hasta Bs171.500.000.- (CIENTO SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), con la finalidad de aumentar su capacidad productiva. |
II. |
Para dar cumplimiento al aporte de capital dispuesto en el presente Artículo, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuará los registros presupuestarios necesarios mediante formularios específicos. |
III. |
El aporte de capital se efectuará a solicitud de la EMV. |
IV. |
Los desembolsos del monto señalado en el Parágrafo I del presente Artículo, estarán sujetos a disponibilidad del TGN. |
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-
Se modifica el Artículo 6 del Decreto Supremo N° 4948, de 24 de mayo de 2023, con el siguiente texto:
"ARTÍCULO 6.- (PLAZO DEL FIDEICOMISO). El plazo del fideicomiso será de siete (7) años, computables a partir de la fecha de suscripción del respectivo contrato de fideicomiso."
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
La EMV, en el marco de la política de responsabilidad social corporativa transferirá mensualmente a la libreta de Recursos Ordinarios de la Cuenta Única del Tesoro – CUT en moneda nacional del TGN Bs7.145.834.- (SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS), de sus ingresos a partir del mes de julio de 2025, durante dos (2) años, los cuales serán destinados a financiar proyectos de inversión y/o programas de interés social.