Decreto Supremo 4760
13 de Julio, 2022
Vigente
Versión original
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
I. |
Se modifica el Parágrafo I del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021, con el siguiente texto:
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II. |
Se modifica el Parágrafo I del Artículo 6 del Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021, con el siguiente texto:
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III. |
Se modifica el Parágrafo III del Artículo 6 del Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021, con el siguiente texto:
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DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-
Para el cumplimiento de lo establecido en el Parágrafo I del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021, modificado mediante la presente norma, el INE mediante Resolución Expresa, hasta el primer trimestre de la gestión 2024, establecerá la fecha específica para la ejecución del empadronamiento del Censo de Población y Vivienda - 2024.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
Se adecua en todo el contenido del Decreto Supremo N° 4546, de 21 de julio de 2021, el texto "Censo de Población y Vivienda - 2022" por "Censo de Población y Vivienda - 2024".