Decreto Supremo 3769
9 de Enero, 2019
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 3648, de 22 de agosto de 2018.
ARTÍCULO 2.- (INCORPORACIÓN).
Se incorpora la Disposición Adicional Única en el Decreto Supremo N° 3648, de 22 de agosto de 2018, con el siguiente texto:
"DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Las prestaciones a beneficiarias y beneficiarios que se brinden en establecimientos de salud privados, estarán sujetas a la suscripción de convenios con los Gobiernos Autónomos Municipales o Indígena Originario Campesinos, cuando los servicios de salud públicos y de la Seguridad Social de Corto Plazo en su jurisdicción territorial demuestren ser insuficientes y/o inexistentes.”
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