Ley 1074
28 de Junio, 2018
Vigente
Versión original
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
Se establece de manera excepcional, un nuevo plazo de dos (2) años a partir de la publicación de la presente Ley, para que las cooperativas que se encuentren actualmente registradas y en funcionamiento, se adecúen a las disposiciones de la Ley N° 356 de 11 de abril de 2013, "Ley General de Cooperativas", de acuerdo a procedimiento establecido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas - AFCOOP; caso contrario, quedarán canceladas las autorizaciones no ratificadas y se ordenará la disolución, liquidación y extinción de tales coorperativas.
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