Ley 859
28 de Noviembre, 2016
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
De conformidad con lo establecido por el Parágrafo II del Artículo 362 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, suscribir el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación de Áreas Reservadas a favor de YPFB, correspondiente al Área ITACARAY, ubicada en el Departamento de Chuquisaca, con la empresa YPFB CHACO S.A.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA
ÚNICA.
Se abroga la Ley N° 131 de 2 de junio de2011, y se derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
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