Circular ASFI 2016 405
9 de Agosto, 2016
Vigente
Versión original
CIRCULAR ASFI/405/2016
La Paz, 09 AGO. 2016
Señores
Presente
REF: |
MODIFICACIONES A LOS REGLAMENTOS PARA EL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN SOLICITADA EN PROCESOS DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE CORRUPCIÓN, PARA AGENCIAS DE BOLSA Y PARA SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN |
Señores:
Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente la Resolución que aprueba y pone en vigencia las modificaciones AL REGLAMENTO PARA EL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN SOLICITADA EN PROCESOS DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE CORRUPCIÓN, AL REGLAMENTO PARA AGENCIAS DE BOLSA Y AL REGLAMENTO PARA SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN, bajo el siguiente contenido:
1. |
Reglamento para el Requerimiento de Información Solicitada en Procesos de Investigación de Delitos de Corrupción
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2. |
Reglamento para Agencias de Bolsa Sección 1: De las Obligaciones Considerando la inclusión de las Agencias de Bolsa en el "Ámbito de Aplicación" del Reglamento para efectos de la transmisión de datos a través del SIRIEFI, se establece como obligación para las Agencias de Bolsa, el dar cumplimiento al Reglamento para el Requerimiento de Información en Procesos de Investigación de Hechos y/o Delitos de Corrupción contenido en la Recopilación de Normas para Servicios Financieros (RNSF), en cuanto a la atención de los requerimientos de información formulados por los Órganos Especializados en la Lucha contra la Corrupción y por los Fiscales Especializados Anticorrupción. La modificación anteriormente descrita, será incorporada como Artículo 8° en la Sección 1, Capitulo III del Reglamento para Agencias de Bolsa, contenido en el Título III, Libro 4° de la Recopilación de Normas para el Mercado de Valores. |
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3. |
Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos de inversión y de los Fondos de Inversión Sección 2: De las Obligaciones y Prohibiciones De igual manera que para las Agencias de Bolsa, la inclusión de las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión en el "Ámbito de Aplicación" del "Reglamento para el Requerimiento de Información en Procesos de Investigación de Hechos y/o Delitos de Corrupción", da lugar a la modificación en el Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión y de los Fondos de Inversión, añadiendo la obligación para que dichas Sociedades Administradoras den cumplimiento a lo establecido en el Reglamento para el Requerimiento de Información en Procesos de Investigación de Hechos y/o Delitos de Corrupción, contenido en la RNSF. |
La modificación anteriormente descrita, será incorporada como Artículo 7°, Sección 2, Capítulo V del Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos de inversión y de los Fondos de Inversión, contenido en el Titulo I, Libro 5° de la Recopilación de Normas para el Mercado de Valores.
Atentamente.
Lic. Ivette Espinoza Vasquez
DIRECTORA GENERAL EJECUTIVA a.i.
Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero
ENLACES RELACIONADOS
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
Resolución ASFI/654/2016 de 09/08/2016
RECOPILACION DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS