ARTÍCULO 28.- (FUNCIONES DEL PROREVI).
Reglamento a la Ley de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda (4273)
26 de Junio, 2020
Vigente
ARTÍCULO 28.- (FUNCIONES DEL PROREVI).
I. |
El Programa de Regularización del Derecho Propietario sobre bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda – PROREVI, tiene las siguientes funciones:
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II. |
Para efectos de la aplicación del presente Decreto Supremo, se considera sector social más deprimido a las familias pobres o muy pobres conforme a los parámetros de calificación establecidos por la Plataforma de Registro Integrado de Programas Sociales del Estado Plurinacional de Bolivia – PREGIPS, entre estos a las personas adultos (as) mayores, madres o padres solteras (os), personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y/o terminales, quienes al no contar con ingresos económicos permanentes y suficientes, no pueden acceder a la contratación de servicios legales. |