ARTÍCULO 2.- (UNIDAD DE SEGURIDAD DE DIGNATARIOS).

Decreto Supremo 4258

4 de Junio, 2020

Vigente

Norma las funciones de seguridad física de la Policía Boliviana en la seguridad y protección de Dignatarios de Estado Nacionales y Extranjeros, y personas importantes en Misión Diplomática. Abroga el DS 3028 de 21/12/2016 (Crea la Unidad de Seguridad para Altos Dignatarios de Estado – USDE y establece sus funciones, en reemplazo de la Unidad de Seguridad Presidencial.).


ARTÍCULO 2.- (UNIDAD DE SEGURIDAD DE DIGNATARIOS).

I.

La Unidad de Seguridad de Dignatarios – USEDI de la Policía Boliviana, es la única y exclusiva repartición del Estado Plurinacional encargada de la protección de Dignatarios de Estado Nacionales y Extranjeros, y personas importantes en Misión Diplomática.

II.

La USEDI tiene por finalidad prevenir, intervenir, minimizar o neutralizar hechos que puedan causar daño a la vida, integridad física, libertad o seguridad de los Dignatarios de Estado Nacionales o Extranjeros, y personas importantes en Misión Diplomática.

III.

La USEDI está conformada por servidoras y servidores públicos policiales seleccionados, especializados y entrenados en operaciones protectivas de Dignatarios de Estado.

IV.

La USEDI está bajo la dirección y control de un Coronel del Servicio Activo de la Policía Boliviana, cargo que para efectos de la carrera policial será equivalente al de Director Nacional.