c) REGLAMENTO PARA LA EMISION DEL DICTAMEN SOBRE LA INFORMACION TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
Resolucion Normativa de Directorio SIN 2002 10.0001.02
9 de Enero, 2002
Abrogada
Reglamenta la forma, plazo y condiciones para la presentación de Estados Financieros con Dictamen de Auditoría Externa
c) REGLAMENTO PARA LA EMISION DEL DICTAMEN SOBRE LA INFORMACION TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
ALCANCE MINIMO DE LAS TAREAS DE AUDITORIA SOBRE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
El examen de auditoría externa en general y de la «Información tributaria complementaria a los estados financieros básicos» en particular, deberá ser efectuado de acuerdo con Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas y por lo tanto cumplir con los siguientes objetivos:| - | Lograr una comprensión del negocio de la empresa y de la industria en la que operan y de los impuestos a los que esta sujeta. |
| - | Efectuar indagaciones concernientes a los principios y prácticas contables de la empresa y que estos hayan sido aplicados consistentemente en las declaraciones juradas de acuerdo con la Ley 843 (Texto Ordenado Vigente) y sus disposiciones reglamentarias. |
| - | Efectuar indagaciones concernientes a los procedimientos de la entidad para registrar, clasificar y resumir transacciones sujetas a impuestos, sus bases de cálculo y la declaración impositiva. |
| - | Efectuar indagaciones concernientes a todas las aseveraciones de importancia relativa registradas contablemente y declaradas impositivamente. |
| - | Aplicar procedimientos analíticos diseñados para identificar relaciones y partidas individuales sujetas al impuesto y que parezcan inusuales. Dichos procedimientos incluirían:
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| - | Comparación de las cifras de los estados financieros con estados financieros por periodos anteriores.
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| - | Estudio de las relaciones de los elementos de los estados financieros relacionados con las bases imponibles y que se esperaría se conformaran a un patrón predecible basado en la experiencia de la empresa o norma de la industria. |
| - | Verificar que las cifras de las declaraciones impositivas provienen de información basada en los registros contables de la empresa. |
| - | Efectuar seguimiento a la situación de los adeudos tributarios. |
| I. | Impuesto al Valor Agregado | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| II. | Impuesto a las Transacciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| III. | RC IVA - Dependientes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| IV. | Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - Beneficiarios del exterior | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| V. | Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| VI. | Impuesto a los Consumos Específicos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| VII. | Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| VIII. | Retenciones del Impuesto a las Transacciones (IT), del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)y del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Para los casos que se detallan a continuación verificar la correcta declaración de las retenciones del IT y del IUE. Retenciones directores y síndicos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Retenciones RC-IVA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Retenciones IUE e IT | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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DICTAMEN SOBRE LA INFORMACION TRIBUTARIA COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
El Dictamen sobre la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros Básicos deberá contener como mínimo lo siguiente:| a) | Destinatario del dictamen |
| b) | Identificación completa de la Información Tributaria Complementaria examinada y de la entidad a la cual corresponda |
| c) | Alcance del examen efectuado |
| d) | Opinión sobre si la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros Básicos examinada ha sido elaborada de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento para la preparación de la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros Básicos emitidas por el Servicio de Impuestos Nacionales. |
| e) | Opinión sobre si la Información Tributaria Complementaria a los Estados Financieros Básicos ha sido correctamente
preparada en relación con los estados financieros considerados en su conjunto, sobre los que se emitió el dictamen principal. |
| f) | Lugar y fecha en que se emite el dictamen |
| g) | Firma del profesional con aclaración de la misma y mención de su número de matrícula en el Colegio de Auditores de Bolivia. La firma del profesional debe ir acompañada, en el ejemplar que se entrega al Servicio de Impuestos Nacionales, de la Solvencia Profesional emitida por el Colegio de Auditores de Bolivia.
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| Fecha | |
| Nombre del Destinatario del Informe | |
| Nombre de la Empresa | |
| Ciudad del domicilio principal de la empresa |
Nuestro examen, que fue practicado con el objeto principal de emitir una opinión sobre los estados financieros considerados en su conjunto, incluyó comprobaciones selectivas de los registros contables, de los cuales se tomó la información financiera complementaria, y la aplicación de otros procedimientos de auditoría en la medida que consideramos necesaria en las circunstancias.
| FIRMA DEL PROFESIONAL
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| Número de Matrícula en el Colegio de Auditores de Bolivia |
RESUMEN SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS MINIMOS UTILIZADOS
Los auditores deberán incorporar en su informe largo, a continuación de la información financiera complementaria, un resumen de los procedimientos utilizados para examinar la “Información tributaria complementaria a los estados financieros básicos”. Este resumen deberá incluir una descripción del alcance de las pruebas, el criterio utilizado para tomar las muestras, la cobertura alcanzada, y el resultado de las verificaciones efectuadas.Las muestras indicadas en el “Alcance mínimo de las tareas de auditoría sobre la información tributaria complementaria a los estados financieros básicos” de este Reglamento, son alcances mínimos. El auditor deberá evaluar los resultados de la aplicación de estos alcances mínimos y en caso de ser necesario, ampliar los mismos, de acuerdo con lo requerido por las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas.
En caso de que el auditor en cualquier aspecto de su trabajo no haya podido obtener suficiente información o realizar algún tipo de verificación, el hecho debe ser mencionado en su informe.
El auditor deberá incluir en su informe un detalle de la muestra de facturas requerida en el punto 2.4 del “Alcance mínimo de las tareas de auditoría sobre la información tributaria complementaria a los estados financieros básicos” de este Reglamento, indicando:
| - | Número alfanumérico de la factura |
| - | Nombre del proveedor |
| - | Número de RUC del proveedor |
| - | Número de orden de la factura |
| - | Fecha de la factura |
| - | Monto de la factura expresado en Bolivianos |