ARTÍCULO 5.- (CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTATUTO).
Decreto Supremo 4054
2 de Octubre, 2019
Vigente
ARTÍCULO 5.- (CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTATUTO).
El Estatuto de la Organización Religiosa o de Creencias Espirituales incluirá como contenido mínimo:
a) |
Nombre y domicilio de la sede principal; |
b) |
Objeto y fines determinados; |
c) |
Designación y periodo de funciones del representante legal; |
d) |
Estructura organizativa; |
e) |
Responsabilidades de los miembros de la directiva o del correspondiente nivel jerárquico; |
f) |
Fines, si corresponde; |
g) |
Régimen interno de admisión de miembros; |
h) |
Derechos y obligaciones de los miembros; |
i) |
Régimen de administración y patrimonio, conforme al Artículo 12 de la Ley N° 1161 ; |
j) |
Fuentes de financiamiento interno y/o externo; |
k) |
La naturaleza de organización sin fines lucrativos; |
l) |
Régimen disciplinario interno; |
m) |
Mecanismo de aprobación del Estatuto y reglamento interno; |
n) |
Causales y procedimiento para la modificación del Estatuto y/o reglamento interno; |
o) |
Régimen de disolución; |
p) |
Declaración de Fe y Doctrina, si corresponde. |