ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
Ley 1227
18 de Septiembre, 2019
Vigente
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
I. |
Se modifica el Artículo 5 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, de Regularización del Derecho Propietario Sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda, con la incorporación del inciso q) y el inciso r) con el siguiente texto:
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II. |
Se modifica el Artículo 7 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012 con el siguiente texto:
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III. |
Se modifica el Parágrafo I del Artículo 10 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, con el siguiente texto: "ARTÍCULO 10. (BIEN INMUEBLE URBANO SUJETO A REGULARIZACION).
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IV. |
Se modifica el Artículo 11 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, modificado por Ley N° 803 de 9 de mayo de 2016, con el siguiente texto: "ARTÍCULO 11. (REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD).
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V. |
Se modifica el numeral 1 del Artículo 15 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012 con el siguiente texto:
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VI. |
Se modifica el Parágrafo II del Artículo 16 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, con el siguiente texto:
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VII. |
Se modifica el Artículo 19 de la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, con el siguiente texto: "ARTÍCULO 19. (PROREVI).
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