ARTÍCULO 6.(CONTENIDO TÉCNICO).
Resolución Ministerial MT 2018 1411/18
27 de Diciembre, 2018
Abrogada
ARTÍCULO 6.(CONTENIDO TÉCNICO).
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I. |
El PSST debe contemplar el siguiente contenido Técnico:
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II. |
Las Empresas o Establecimientos Laborales del sector público o privado, que se encuentren en etapa de ejecución de proyectos (Construcción), deben presentar el contenido técnico señalado precedentemente, reflejando la etapa actual en la que se encuentra, así como los trabajos, actividades u otros a realizar, hasta la conclusión del proyecto. Además, debe adjuntar un cronograma de implementación de los mecanismos de Seguridad y Salud Ocupacional que consideren las etapas actuales y del avance del proyecto. |