ÚNICA.
Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia (475)
30 de Diciembre, 2013
Vigente
ÚNICA.
Los Entes Gestores de Seguridad Social de Corto Plazo, condonarán el pago de los recargos accesorios aplicados a las primas de cotizaciones que se encuentran pendientes de pago a partir de la vigencia de la Ley Nº 3323 de 16 de enero de 2006 y la implementación del Seguro de Salud para el Adulto Mayor – SSPAM, en favor de los Gobiernos Autónomos Municipales.