Artículo 2. (Definiciones).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2018 101800000039

28 de Diciembre, 2018

Vigente

Designa como agentes de información a las Administradoras de Fondos de Pensiones y a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (desde su inicio de actividades), así como reglamenta el procedimiento, forma, plazos y medios de envío de la información, respecto al detalle de las personas aseguradas dependientes, independientes y consultores de línea, por producto o consultores, que cotizan al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo así como la información respecto a los contratos de consultoría de línea. Deroga el Parágrafo II del Articulo 16 y el Artículo 17 de la RND 10.0030.15 de 06/11/2015 (Aprueba y reglamenta el uso del Formulario para la presentación de Facturas (F-110 v.3), el Módulo Formulario Electrónico F-110 v.3 FACILITO, el Módulo Agente de Retención RC-IVA FACILITO y el aplicativo QRquincho.)


Artículo 2. (Definiciones).-

Para efectos tributarios en la presente Resolución se aplicarán las siguientes definiciones:

a)

Asegurado Dependiente: Es la persona que trabaja en relación de dependencia laboral, incorporada al Sistema Integral de Pensiones.

b)

Asegurado Independiente: Es la persona sin relación de dependencia laboral, incorporada al Sistema Integral de Pensiones.

c)

Consultor de Línea: Es la persona natural que presta Servicios de Consultoría de Línea en el sector público, conforme lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

d)

Consultor por Producto: Es la persona natural que presta uno o más Servicios de Consultoría en el sector público, conforme lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

e)

Consultor: Consultor es toda persona natural que presta servicios en una entidad privada, por un tiempo determinado y de manera independiente en el marco de una relación contractual civil.

f)

NUA/CUA: Número Único asignado o el Número de la Cuenta Única del Asegurado aportante. 

g)

Aplicativo Agentes de Información SIAT: Software desarrollado por la Administración Tributaria que permite realizar la captura de información estructurada para su envío o transferencia al SIN, conformada por dos componentes: módulos específicos y servicios WEB.

h)

Servicio WEB: Componente del Aplicativo Agentes de Información SIAT que consiste en un servicio de comunicación electrónico habilitado por la Administración Tributaria, que permite al SIN la recepción de información estructurada según normativa específica, cuyas especificaciones técnicas son coordinadas por las áreas tecnológicas responsables del envío y recepción.

i)

Error de registro: Consignación de datos erróneos en una fila del documento mediante el cual se presenta y/o envía la información. El o los errores verificados en una fila, se consideran como un solo error de registro.

j)

Inconsistente e incompleta: Información que no guarda coherencia con lo solicitado en norma específica o que no incluye la totalidad de las operaciones en el periodo informado.