DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.-
Decreto Supremo 3548
2 de Mayo, 2018
Vigente
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.-
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I. |
Para la contratación de Servicios Generales Discontinuos de Provisión de Pasajes Aéreos, no se requerirá la Garantía de Cumplimiento de Contrato, ni se realizará la retención del siete por ciento (7%) de cada pago. |
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II. |
A fin de dar cumplimiento a la previsión establecida en el parágrafo precedente, los entidades públicas podrán realizar las modificaciones a los modelos de DBC de servicios generales. |