ARTÍCULO 8.- (SOLICITUD DE INCORPORACIÓN).

Decreto Supremo 3543

25 de Abril, 2018

Vigente

Reglamenta el Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo – RITEX. Modifica los Artículos 168, 170, 172, 173, 174, 175 del Reglamento a la Ley General de Aduanas aprobado por DS 2570 de 11/08/200. Abroga el DS 25706 de 14/03/2000 (Establece la normas reglamentarias del Régimen de Internación Temporal para Exportación -RITEX); DS 26397 de 17/11/2001(Modifica los reglamentos de: Devolución de impuestos a las exportaciones y el régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo Ritex); DS 27128 de 14/08/2003 (Modifica el DS 25706 de 14/03/2000 (RITEX) y DS 25870 de 11/08/2000 (Reglamento a la Ley de Aduanas)); DS' 28125 de 17/05/2005.


ARTÍCULO 8.- (SOLICITUD DE INCORPORACIÓN).

I.

La solicitud de incorporación al RITEX se presentará al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, mediante el llenado del Formulario Digital de Incorporación para Empresa RITEX o Empresa de Reparación RITEX, debiendo contar con el Registro Único del Exportador - RUEX vigente.

II.

El Representante Legal de la empresa solicitante es el único responsable de la información declarada en el Formulario Digital de Incorporación para Empresa RITEX o Empresa de Reparación RITEX.

III.

En el caso  de solicitudes del sector minero, el  Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, remitirá las mismas al Ministerio de Minería y Metalurgia  para su evaluación y emisión de criterio técnico.