Artículo 2. (Definición).-
Reglamento para el Intercambio de DPF por Valores de Venta Directa (RIDPFVVD)
28 de Marzo, 2017
Vigente
Artículo 2. (Definición).-
El Intercambio de DPF por Valores de Venta Directa es un mecanismo por el cual el BCB puede adquirir Depósitos a Plazo Fijo (DPF) en dólares, emitidos por entidades financieras con licencia de funcionamiento de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) que se encuentren en la lista de DPF aceptados por el BCB, y emitir Bonos BCB Bolivianización como contraprestación por esta adquisición.