Artículo 6. (RECURSOS PROVENIENTES DE LA SUBASTA). 

Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017 (975)

13 de Septiembre, 2017

Vigente

Aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación. Incorpora las Disposiciones Transitorias Décima Segunda y Décima Tercera de la Ley 466 de 26/12/2013 (Ley de la Empresa Pública); modifica los artículos 43 y 50 de la Ley 466 de 26/12/2013 (Ley de la Empresa Pública); el artículo 8 de la Ley 804 de 11/05/2016 (Ley Nacional del Deporte); Artículos 111, 192 del Código Tributario Boliviano; Artículo 155 de la Ley 1990 de 28/07/1999 (Ley General de Aduanas), artículos 4, 5 y 6 de la Ley 615 de 15/12/2014 (Ley que Modifica el Código Tributario Boliviano y la Ley General de Aduanas), artículos 23, 332 y 333 de la Ley 393 de 21/08/2013 (Ley de Servicios Financieros); artículo 67 de la Ley 164 de 08/08/2011 (Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación)


Artículo 6. (RECURSOS PROVENIENTES DE LA SUBASTA). 

Los recursos provenientes de las subastas públicas, serán registrados por la Aduana Nacional como recursos propios, los cuales serán destinados a:

1.

La lucha contra el contrabando. 

2.

El resarcimiento del valor total o parcial de la mercancía, para aquellos casos en los que deforma posterior a la adjudicación, subasta o destrucción, se dispusiere a través de resolución firme o sentencia ejecutoriada la devolución de las mismas, de acuerdo al informe de valoración efectuado por la administración aduanera.

3.

Para el proceso de destrucción de las mercancías abandonadas o producto de ilícitos de contrabando.

4.

El pago por el incentivo a la denuncia de ilícitos de contrabando.

5.

El pago equivalente al cuatro y medio por ciento (4,5%) del monto total obtenido en cada subasta, que cubrirá los costos por almacenamiento y otros servicios efectivamente prestados por el concesionario de los depósitos aduaneros.