Artículo 17. (Medidas de seguridad).-

Reglamento de notificaciones y avisos electrónicos a través de Buzón Tributario de la Oficina Virtual (SIN 2017 101700000005)

17 de Marzo, 2017

Vigente

Reglamenta el procedimiento de notificación de actos administrativos del Servicio de Impuestos Nacionales, por medios electrónicos mediante la opción “Notificaciones”, así como el envío de avisos o comunicados de información de interés tributario a través de la opción “Avisos”, ambas del Buzón Tributario de la Oficina Virtual.


Artículo 17. (Medidas de seguridad).-

Para prever algún tipo de fraude virtual, el sujeto pasivo debe considerar las siguientes recomendaciones: 

a)

Ingresar a la página Web del Servicio de Impuestos Nacionales escribiendo la dirección completa (www.impuestos.gob.bo).

b)

Los avisos o alertas de notificaciones enviadas al correo electrónico o al celular (SMS, Whatsapp u otros) registrado por el sujeto pasivo y/o la Oficina Móvil, u otros medios de comunicación contienen links o hipervínculos direccionados a la página web: https://buzon.impuestos.gob.bo, que cuenta con certificado digital SSL, como mecanismo de seguridad.