Artículo 3. (Obligatoriedad).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2016 10.0030.16

25 de Noviembre, 2016

Vigente

Establece la obligación y procedimiento para la actualización de datos de contacto en el Padrón Nacional de Contribuyentes del Régimen General, con los correos electrónicos, números de celulares y de teléfonos fijos, a través de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales.


Artículo 3. (Obligatoriedad).-

I.

Todos los sujetos pasivos sean Personas Naturales o Jurídicas del Régimen General, con estado de NIT Activo, deberán actualizar el registro de datos de contacto consistentes en correo electrónico, número de celular y número de teléfono fijo (Opcional) en el Padrón Nacional de Contribuyentes a través de la Oficina Virtual, conforme al procedimiento establecido en la presente Resolución.

II.

Los contribuyentes que ya registraron la información a través de la Oficina Virtual, en forma anterior a la vigencia de la presente Resolución Normativa de Directorio, y no requieran modificarla no están obligados a realizar un nuevo registro.