ARTÍCULO 47.- (RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR - REP).
Reglamento General de la Ley de Gestión Integral de Residuos (RGLGIR)
19 de Octubre, 2016
Vigente
Reglamento General de la Ley 755 de 28/10/2015, Ley de Gestión Integral de Residuos, aprobado por DS 2954 de 19/10/2016
ARTÍCULO 47.- (RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR - REP).
Se amplía el régimen de Responsabilidad Extendida del Productor - REP, a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, que no sean generados por actividades propias y específicas del sector eléctrico en el marco de la Ley N° 1604, de 21 de diciembre de 1994.