ARTÍCULO 15. (Solicitudes de Renovación).
Reglamento de Registro Nacional de Profesionales y Técnicos en Higiene, Seguridad Ocupacional y Medicina del Trabajo (RRNPTHSOMT)
24 de Junio, 2016
Vigente
ARTÍCULO 15. (Solicitudes de Renovación).
Las solicitudes de renovación de la credencial de Registro Nacional de Profesionales y Técnicos en Higiene, Seguridad Ocupacional y Medicina del Trabajo, los profesionales y técnicos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del presente reglamento, deberán ser presentadas por ventanilla única de la oficina central del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ó por ventanilla única de las jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo correspondientes con los siguientes requisitos:
1. |
Nota de solicitud de renovación dirigida al o el Director/a General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, firmada por el o la solicitante. |
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2. |
Una fotocopia a color del Carnet de Identidad vigente. |
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3. |
Certificados de trabajo que no estén contemplados en solicitudes anteriores, los cuales deberán indicar de manera clara:
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4. |
Fotocopias Legalizadas de cursos de post grado que haya realizado con fecha posterior a la emisión de la credencial (Diplomado, Especialidad, Maestría, Doctorado) |
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5. |
Formulario de registro individual actualizado y declaración jurada firmada de acuerdo al Anexo 3. |
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6. |
Dos fotografías tamaño carnet con fondo blanco. |
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7. |
Boleta de depósito original. |