ARTÍCULO 11.- (CAUSALES DE RESOLUCIÓN).

Requisitos para el Otorgamiento de Licencias, Certificados Anuales de Operaciones y Procedimiento de Revocatoria (ROLCAOPR)

12 de Febrero, 2016

Vigente

Reglamento para el Otorgamiento de Licencias, Certificados Anuales de Operaciones y Procedimiento de Revocatoria, aprobado por RM MOPSV 29 de 12/02/2016


ARTÍCULO 11.- (CAUSALES DE RESOLUCIÓN).
I. El Contrato Administrativo que suscriba la ATT con el Operador Postal, considerará causales de resolución, y se regirá por el siguiente procedimiento:

1. La ATT identificará la causal de Resolución del Contrato, justificada mediante informe, el cual debe notificarse al operador postal.

2. El operador presentará sus descargos en un plazo de 10 días hábiles administrativos, computables a partir de su notificación.

3. La ATT evaluará los descargos y en un plazo de 10 días hábiles establecerá mediante Resolución Administrativa, la declaratoria de revocatoria debidamente justificada.

II. Una vez resuelto el Contrato Administrativo por las causales establecidas y notificado el operador postal, éste no seguirá prestando el servicio postal y la ATT ejecutará la Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato de forma inmediata.

III. La ATT creará un Registro de los Operadores con Licencias Revocadas, misma que será publicada en su página web y actualizada de manera periódica.