ARTÍCULO 11.- (CAUSALES DE RESOLUCIÓN).
Requisitos para el Otorgamiento de Licencias, Certificados Anuales de Operaciones y Procedimiento de Revocatoria (ROLCAOPR)
12 de Febrero, 2016
Vigente
Reglamento para el Otorgamiento de Licencias, Certificados Anuales de Operaciones y Procedimiento de Revocatoria, aprobado por RM MOPSV 29 de 12/02/2016
ARTÍCULO 11.- (CAUSALES DE RESOLUCIÓN).
I. | El Contrato Administrativo que suscriba la ATT con el Operador Postal, considerará causales de resolución, y se regirá por el siguiente procedimiento: |
1. | La ATT identificará la causal de Resolución del Contrato, justificada mediante informe, el cual debe notificarse al operador postal. | |
2. | El operador presentará sus descargos en un plazo de 10 días hábiles administrativos, computables a partir de su notificación. | |
3. | La ATT evaluará los descargos y en un plazo de 10 días hábiles establecerá mediante Resolución Administrativa, la declaratoria de revocatoria debidamente justificada. |
II. | Una vez resuelto el Contrato Administrativo por las causales establecidas y notificado el operador postal, éste no seguirá prestando el servicio postal y la ATT ejecutará la Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato de forma inmediata. |
III. | La ATT creará un Registro de los Operadores con Licencias Revocadas, misma que será publicada en su página web y actualizada de manera periódica. |