ARTICULO 18º.-

Ley de Administracion y Control Gubernamentales (1178)

20 de Julio, 1990

Vigente

Aprueba la Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)


ARTICULO 18º.-
Los programas y proyectos de inversión enmarcados en los planes del SPIE, según, corresponda, se registrarán en el SIPFE, considerando la Programación de Operaciones, Organización Administrativa, Presupuesto y Tesorería y Crédito Público; manteniéndose el carácter unitario e integral de la planificación del desarrollo, la formulación del presupuesto, de la tesorería y del crédito público.