Artículo 7. (ÓRGANO RECTOR E INSTANCIAS EJECUTIVAS).

Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado - SPIE (777)

21 de Enero, 2016

Vigente

Establece el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE). Modifica el artículo 2 de la Ley 650 de 19/01/2015 (Eleva a rango de Ley, la Agenda Patriótica del Bicentenario 2025) y los artículos 1, 6, 17, 18 y 19 de la Ley 1178 de 20/07/1990 (Ley de Administración y Control Gubernamentales). Abroga la RS 216779 de 21/07/1996 (Normas Básicas del Sistema Nacional de Planificación); RS 217075 de 05/06/19977; el DS 27729 de 15/09/2004 y DS 1506 de 27/02/2013 (Establece la Representación Presidencial de la Agenda Patriótica del Bicentenario 2025).


Artículo 7. (ÓRGANO RECTOR E INSTANCIAS EJECUTIVAS).
El Sistema de Planificación Integral del Estado está conformado por:

1. Órgano Rector. El Ministerio de Planificación del Desarrollo, de acuerdo a sus atribuciones básicas contenidas en las normas que rigen la organización del Órgano Ejecutivo, se constituye en el Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado. A este nivel le corresponde:

a) Ejercer la rectoría del proceso de planificación.

b) Conducir y regular el proceso de planificación del país, incorporando las previsiones de las entidades territoriales autónomas.

c) Establecer la normativa, lineamientos, metodologías, normas técnicas, directrices, protocolos, procesos, procedimientos, subsistemas, plataformas, mecanismos e instrumentos para la implementación del Sistema de Planificación Integral del Estado, incluyendo las que corresponden a la planificación territorial y ordenamiento territorial.

d) Implementar el Sistema de Planificación Integral del Estado, en coordinación con las entidades competentes.

e) Formular el Plan General de Desarrollo Económico y Social (PGDES) y el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES), remitiéndolos a las instancias correspondientes para su aprobación.

f) Coordinar la formulación, ejecución, implementación, seguimiento, evaluación y ajustes del Plan General de Desarrollo Económico y Social, Plan de Desarrollo Económico y Social, y otros planes.

g) Realizar acciones de capacitación, asistencia técnica, difusión y comunicación.

h) Verificar la compatibilidad y concordancia de los planes de mediano y corto plazo con el Plan General de Desarrollo Económico y Social, y el Plan de Desarrollo Económico y Social.

i) Coordinar los procesos de planificación de los departamentos, municipios, regiones y de las autonomías indígena originaria campesinas.

j) Velar por la adecuada implementación de los subsistemas, plataformas e instrumentos del Sistema de Planificación Integral del Estado.

k) Ejercer el acompañamiento en la implementación de los subsistemas, plataformas e instrumentos del Sistema de Planificación Integral del Estado, realizando las acciones necesarias para su funcionamiento en todo el territorio nacional.

l) Evaluar los planes de largo y mediano plazo, así como sus metas, resultados y acciones, según corresponda.

m) Desarrollar los lineamientos y metodologías para el ordenamiento de zonas y sistemas de vida, y la incorporación de la gestión de sistemas de vida, gestión de riesgos y cambio climático en los procesos de planificación.

n) Otras atribuciones que se le asigne en el marco de las disposiciones normativas.

2. Instancias Ejecutivas.

I. Corresponden a las entidades públicas señaladas en el Artículo 4 de la presente Ley, y tienen las siguientes atribuciones:

a) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley.

b) Elaborar sus planes articulados y en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico y Social, y el Plan de Desarrollo Económico y Social.

c) Implementar sus planes en el ámbito de sus atribuciones o competencias.

d) Realizar el control, seguimiento y evaluación al logro de sus metas, resultados y acciones contenidas en sus planes y los ajustes que correspondan.

e) Implementar los subsistemas, plataformas e instrumentos del Sistema de Planificación Integral del Estado, de acuerdo a lineamientos del Órgano Rector.

II. Los responsables de apoyar a la Máxima Autoridad Ejecutiva en la coordinación, elaboración y seguimiento de los planes de largo, mediano y corto plazo, son las instancias de planificación de la entidad correspondiente.