Artículo 3.- (Modificaciones a Sanciones)
Complementaciones a la RND 10.0016.07 (NSF - 07) (SIN 2007 10.0032.07)
31 de Octubre, 2007
Vigente
Modifica la RND 10.0016.07 de 18/05/2007 (NSF - 07)
Artículo 3.- (Modificaciones a Sanciones)
Se modifican los puntos 6.6 y 6.8 en el ANEXO D de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0016-07 de 18 de mayo de 2007 de acuerdo al siguiente cuadro:
DEBER FORMAL | SANCION POR INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL | ||
Personas Naturales y Empresas Unipersonales | Personas Jurídicas | ||
6.6 | Emisión de facturas o notas fiscales cumpliendo con los formatos, información y demás aspectos técnicos establecidos en norma específica | De 1 a 100 facturas en un periodo de 100 UFV`s De 101 a 1.000 facturas en un periodo de 200 UFV`s De 1.001 a 10.000 facturas en un periodo de 500.UFV`s De 10.001 facturas en un periodo en adelante 2.500.UFV`s |
De 1 a 100 facturas en un periodo de 200 UFV`s De 101 a 1.000 facturas en un periodo de 400 UFV`s De 1.001 a 10.000 facturas en un periodo de 1.000. UFV`s De 10.001 facturas en un periodo en adelante 5.000. UFV`s |
6.8 | Mantener en el establecimiento el Certificado de Activación de la dosificación utilizada; salvo para un SFC en red en cuyo caso deberá existir una copia fotostática del certificado de activación en las sucursales correspondientes. | 150 UFV | 300 UFV |