ARTÍCULO ÚNICO.-
Decreto Supremo 2496
26 de Agosto, 2015
Vigente
Modifica la alícuota del Gravamen Arancelario para las mercancías identificadas en la subpartida arancelaria 84.71, 8471.30.00.00 del Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se modifica la alícuota del Gravamen Arancelario para las mercancías identificadas en la subpartida arancelaria del Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia, según el siguiente detalle:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÌA | GA% |
84.71 | - Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresados ni comprendidos en otra parte. | |
8471.30.00.00 | - Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador. | 10 |