Artículo 22.- (Tipos de Modificación).-
Procedimiento y Requisitos de Inscripción y Modificaciones al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) (SIN 2011 10.0009.11)
21 de Abril, 2011
Vigente
Establece los procedimientos y requisitos para la obtención y utilización del Número de Identificación Tributaria (NIT), realizar modificaciones de datos y definir mecanismos de mantenimiento y depuración del Padrón Nacional de Contribuyentes, que en adelante se denominará Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11), sistema que permitirá incrementar la seguridad en el proceso de inscripción y facilitará las operaciones de los Contribuyentes.
Artículo 22.- (Tipos de Modificación).-
El Sujeto Pasivo, Apoderado o Tercero Responsable para el caso de las personas jurídicas, puede realizar las modificaciones que correspondan a la información que tiene registrada en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11), en los siguientes casos:
1. | RÉGIMEN GENERAL. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1. | Activación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable puede realizar la activación de su Número de Identificación Tributaria, que se encuentra en estado Inactivo Solicitado o Inactivo Automático por haber suspendido su actividad económica gravada, caso en el cual, debe presentar los siguientes requisitos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1.1 | Persona Natural o Empresa Unipersonal
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1.1.2 | Personas Jurídicas | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1.2.1 | Sociedad Colectiva, Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Mixta, Cooperativa – Mutual y Sociedad en Comandita
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1.1.2.2 |
Sociedad Civil, Asociación de Transporte o Sindicato y Otros no especificados
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1.1.2.3 | Religiosa – Cultural – Social
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1.1.2.4 |
Fundaciones, Asociaciones y/o Entidades Civiles sin Fines de Lucro y Proyectos de Desarrollo Social | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1.2.4.1 |
Fundación, Asociación y/o Entidad Civil sin Fines de Lucro.
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1.1.2.4.2 | Comunidades Beneficiarias con Proyectos de Desarrollo Social suscritos entre el Estado Plurinacional y Organizaciones Indígena Originario Campesinas.
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1.1.2.5 | Organismo no Gubernamental. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1.2.5.1 | Instituciones ejecutoras de convenios o acuerdos internacionales.
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1.1.2.5.2 | Organismos no Gubernamentales.
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1.1.2.6 | Entidades Públicas, Empresas Públicas, Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Universidades Públicas.
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1.1.2.7 | Sucursal o agencia permanente de Empresa constituida/domiciliada en el exterior.
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1.1.2.8 | Contratos de operaciones Bloques Petroleros.
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1.1.2.9 | Organización Social.
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1.1.2.10 | Cooperativas Mineras.
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1.1.2.11 | Sindicatos.
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1.2. | Inactivación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Representante Legal de la persona jurídica declara que ya no desarrolla actividad económica gravada. Dicha solicitud, una vez realizada en la Oficina Virtual, no requiere la presencia del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable en Plataforma de Atención al Contribuyente. Las Comunidades Beneficiarias con Proyectos de Desarrollo Social suscritos entre el Estado Plurinacional y Organizaciones Indigenas Originario Campesinas tienen la obligación de inactivar su Número de Identificación Tributaria NIT una vez que haya concluido la ejecución del proyecto. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.3. | Datos Básicos Persona Natural.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo puede realizar la modificación de sus datos personales. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente documento:
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1.4. | Datos Básicos Persona Jurídica.- Procedimiento mediante el cual el Representante Legal o Tercero Responsable registrado en sistema, puede realizar la modificación de la Razón Social, Sigla y Carácter de la Entidad. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito:
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1.5. | Actividades Económicas.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo puede realizar la modificación de la actividad principal, alta o baja de las actividades secundarias. Solo en el caso de las Personas Jurídicas, el Representante Legal o Tercero Responsable una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito que sustentará la modificación solicitada:
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1.6. | Característica Tributaria.- Se pueden efectuar las siguientes modificaciones:
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1.7. | Datos Representante Legal.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Representante Legal, tanto por sustitución como en la adición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.8. | Domicilio Representante Legal.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio del Representante Legal. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito:
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1.9. | Domicilio Fiscal del Contribuyente.- | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.9.1 | Dentro la jurisdicción a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal dentro la jurisdicción a la que pertenece. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.9.2 |
A una jurisdicción distinta a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal a una jurisdicción distinta a la que pertenece, procediendo al llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención del Contribuyente de la jurisdicción a la que solicitó el traslado con los siguientes requisitos:
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1.10. | Domicilio Habitual del Contribuyente.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio Habitual. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción a la que pertenece con los siguientes requisitos:
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1.11. | Sucursal/Depósito/Taller.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio (Sucursal/Deposito/Taller), tanto en la sustitución como por adición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito:
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1.12. | Socios/Herederos.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Socio/Heredero, tanto por sustitución como por adición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.13. | Apoderados.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de Apoderados, tanto por sustitución como por adición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, el mandatario debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.14. | Reposición Documento de Exhibición.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable solicita la reposición del Documento de Exhibición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que le corresponde. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.15. | Cambio a Sucesión Indivisa.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación a sucesión indivisa, así como la adición de Herederos. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguiente requisitos:
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1.16. | Reposición de Tarjeta Oficina Virtual.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable solicita la reposición de Tarjeta Oficina Virtual por extravío o sustracción de la misma. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.17. | SMS identificador.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable solicita el registro de un identificador para la presentación de Declaraciones Juradas mensuales SIN Datos vía teléfono celular como mensajes de texto. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de su Jurisdicción. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.18. | Afiliado(s) a Sindicatos y Vehículo(s).- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Afiliado y/o Vehículo, tanto en la sustitución como en la adición. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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1.19. | Cambio de Régimen Especial a General.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza el cambio de un Régimen Especial (Régimen Tributario Simplificado, Sistema Tributario Integrado, Régimen Agropecuario Unificado) al Régimen General. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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2. | RÉGIMEN SIMPLIFICADO | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.1. | Activación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la activación del Número de Identificación Tributaria al desarrollar una actividad económica gravada. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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2.2. | Inactivación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la inactivación del Número de Identificación Tributaria cuando deja de desarrollar la actividad económica gravada que registró. Dicha solicitud no requiere la presencia del Sujeto Pasivo o
Tercero Responsable en Plataforma de Atención al Contribuyente para la conclusión del trámite. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.3. | Datos Básicos.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado solicita la modificación de sus datos personales. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente documento:
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2.4. | Domicilio Fiscal del Contribuyente.- | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.4.1. | Dentro la jurisdicción a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal dentro la jurisdicción a la que pertenece. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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2.4.2. | Domicilio Fiscal del Contribuyente a una jurisdicción distinta a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal a una jurisdicción distinta a la que pertenece. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción a la que va a realizar su traslado con los siguientes requisitos:
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2.5. | Domicilio Habitual del Contribuyente.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de datos del Domicilio Habitual. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción a la que pertenece con los siguientes requisitos:
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2.6. | Datos Económicos.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de Datos Económicos. Dicha solicitud no requiere la presencia del Sujeto Pasivo o Apoderado, en Plataforma de Atención al Contribuyente para la conclusión del trámite. Los datos económicos que pueden ser modificados, son los siguientes:
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2.7. | Reposición del Documento de Exhibición NIT.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la reposición del Documento de Exhibición. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.8. | Cambio del Régimen Simplificado a otros Regímenes Especiales.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza el cambio de actividad económica dentro los Regímenes Especiales, del Régimen Tributario Simplificado al Sistema Tributario Integrado, del Régimen Tributario Simplificado al Régimen Agropecuario Unificado. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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2.9. | Cambio de Régimen Simplificado a Régimen General.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado puede realizar el cambio del Régimen Tributario Simplificado al Régimen General. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3. | SISTEMA TRIBUTARIO INTEGRADO: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.1. | Activación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la activación del Número de Identificación Tributaria al desarrollar una actividad económica gravada. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3.2. | Inactivación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la inactivación del Número de Identificación Tributaria cuando deja de desarrollar la actividad económica gravada que registró. Dicha solicitud no requiere la presencia del Sujeto Pasivo o Apoderado en Plataforma de Atención al Contribuyente para la conclusión del trámite. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.3. | Datos Básicos.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado solicita la modificación de sus datos personales. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito:
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3.4. | Domicilio Fiscal del Contribuyente.- | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.4.1. | Dentro la jurisdicción a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal dentro la jurisdicción a la que pertenece. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3.4.2. | A una jurisdicción distinta a la que pertenece.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la solicitud de cambio de jurisdicción a una jurisdicción distinta a la que pertenece. Una vez finalizado el llenado del Formulario MASI-001 y generado el Número de Trámite, debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción a la que va a realizar su traslado con los siguientes requisitos:
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3.5. | Domicilio Habitual del Contribuyente.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación de datos del Domicilio Habitual que tiene registrado. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3.6. | Información de vehículos.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la modificación del registro de (los) vehículo(s) Alta o Baja de los mismos. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3.7. | Reposición del Documento de Exhibición del NIT.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza la reposición del Documento de Exhibición del NIT. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.8. | Cambio del Sistema Tributario Integrado a otros Regímenes Especiales.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado realiza el cambio de actividad económica dentro los Regímenes Especiales, del Sistema Tributario Integrado al Régimen Tributario Simplificado, del Sistema Tributario Integrado al Régimen Agropecuario Unificado. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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3.9. | Cambio del Sistema Tributario Integrado a Régimen General.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Apoderado puede realizar el cambio del Sistema Tributario Integrado al Régimen General. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4. | RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.1. | Activación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la activación del Número de Identificación Tributaria al desarrollar una actividad económica gravada. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.1.1 | Personas Naturales
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4.1.2 | Cooperativas
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4.1.3 | Organizaciones de Pequeños Productores.
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4.1.4 | Sucesiones Indivisas
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4.2. | Inactivación.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la inactivación del Número de Identificación Tributaria cuando deja de desarrollar la actividad económica gravada que registró. Dicha solicitud no requiere la presencia del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable en Plataforma de Atención al Contribuyente para la conclusión del trámite. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.3. | Datos Básicos (Personas Naturales).- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable solicita la modificación de sus datos personales. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con el siguiente requisito:
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4.4. | Datos Básicos (Cooperativas).- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable solicita la modificación de sus datos de razón social. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4.5. | Domicilio Fiscal del Contribuyente.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio Fiscal. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4.6. | Domicilio Habitual del Contribuyente.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación de datos del Domicilio Habitual. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4.7. | Datos de la propiedad.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la modificación en los datos registrados de los predios sujetos a explotación. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4.8. | Reposición del Documento de Exhibición del NIT.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza la reposición del Documento de Exhibición del NIT. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.9. | Cambio del Régimen Agropecuario Unificado a otros Regímenes Especiales.- Procedimiento mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza el cambio de actividad económica dentro los Regímenes Especiales, del Régimen Agropecuario Unificado al Sistema Tributario Integrado o del Régimen Agropecuario Unificado al Régimen Tributario Simplificado o viceversa. Este procedimiento solo alcanza a personas naturales y para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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4.10. | Cambio del Régimen Agropecuario Unificado a Régimen General.- Proceso mediante el cual el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable realiza el cambio del Régimen Agropecuario Unificado al Régimen General. Para este efecto debe apersonarse a Plataforma de Atención al Contribuyente de la Jurisdicción que corresponda con los siguientes requisitos:
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5. | EXCEPCIÓN EN REQUISITO DE MODIFICACIÓN. El requisito de validez de la factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica para modificación (que respalda el domicilio Fiscal o Habitual del sujeto pasivo o representante legal) para domicilios de zonas fronterizas y de áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días posteriores a la fecha de emisión. El requisito de presentación de la factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica, para todos los casos, sólo será exigido, escaneado y almacenado en la Base de Datos del SIN, si la dirección del Domicilio Fiscal o Habitual, no es la misma que la consignada en el documento de identidad del Titular (Persona Natural o Empresa Unipersonal) o Representante Legal (Personas Jurídicas). |