DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-

Decreto Supremo 2399

10 de Junio, 2015

Vigente

Norma las actividades de la industria eléctrica, respecto al intercambio internacional de electricidad, su operación y transacciones comerciales, así como las interconexiones internacionales de electricidad. Modifica el artículo 11 del Reglamento de Operación del Mercado eléctrico, aprobado por DS 26093 de 02/03/2001; abroga el reglamento de Comercialización e Interconexiones Internacionales de Electricidad, aprobado por DS 25986 de 16/11/2000; deroga los artículos 15 y 16, el último párrafo del numeral 10 del artículo 7 y el último párrafo del artículo 51 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales aprobado por DS 24043 de 28/06/1995, y los artículo 9 y 49 del Reglamento de Operación del Mercado Eléctrico, aprobado por DS 26093 de 02/03/2001.


DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
El procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de autorizaciones para los intercambios internacionales de electricidad serán reglamentados por el Ente Regulador, en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.