ARTÍCULO 47.- (LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DIFUSIÓN).
Reglamento a la Ley 548, Código, Niña, Niño y Adolescente (2377)
26 de Mayo, 2015
Vigente
Reglamenta la Ley 548 de 17/07/2014, Código, Niña, Niño y Adolescente. Abroga el DS 26579 de 03/04/2002 (Viabiliza la extensión de Certificados de Nacimiento gratuitos para niños y niñas nacidos a partir del 01/01/2002 adelante.)
ARTÍCULO 47.- (LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DIFUSIÓN).
El derecho a la libertad de niñas, niños y adolescentes de expresar libremente su opinión y difundir ideas, imágenes e información de todo tipo, ya sea oralmente, o por cualquier otro medio deberá efectivizarse en el marco del respeto y la convivencia pacífica.