ARTÍCULO 17.-
Decreto Supremo 2246
13 de Enero, 2015
Vigente
Dispone la vigencia administrativa del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica N° 70, suscrito entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia; la República de Cuba; la República de Nicaragua y; la República Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Montevideo, el 11 de julio de 2013
ARTÍCULO 17.-
Los Países Signatarios propiciaran la convergencia en forma negociada para la multilateralización progresiva de los tratamientos previstos en los Acuerdos señalados en el Artículo 7 del presente Acuerdo, suscritos entre los Países Signatarios del ALBA-TCP.