Artículo 8. (ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE DESASTRES Y/O EMERGENCIAS - SISRADE).

Ley de Gestión de Riesgos (602)

14 de Noviembre, 2014

Vigente

Regula el marco institucional y competencial para la gestión de riesgos que incluye la reducción del riesgo a través de la prevención, mitigación y recuperación y; la atención de desastres y/o emergencias a través de la preparación, alerta, respuesta y rehabilitación ante riesgos de desastres ocasionados por amenazas naturales, socio-naturales, tecnológicas y antrópicas, así como vulnerabilidades sociales, económicas, físicas y ambientales. Abroga la Ley 2140 25/10/2000 - Ley para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias; Ley 2335 de 05/03/2002, de modificación a la Ley 2140; y el DS 26739 de 04/08/2002 (Aprueba el Reglamento General de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias)


Artículo 8. (ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE DESASTRES Y/O EMERGENCIAS - SISRADE).
El Sistema Nacional de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias SISRADE, está estructurado:

a) En el ámbito territorial por:

1. El Consejo Nacional para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias - CONARADE, como la instancia superior de decisión y coordinación.

2. Los Comités Departamentales de Reducción de Riesgo y Atención de Desastres - CODERADE, en coordinación con los Comités Municipales de Reducción de Riesgo y Atención de Desastres - COMURADE.

3. Los Comités Municipales de Reducción de Riesgo y Atención de Desastres - COMURADE.

b) En el ámbito institucional por:

1. Instituciones del nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, en el ámbito de sus competencias y atribuciones.

2. Fuerzas Armadas y Policía Boliviana de acuerdo a sus competencias.

3. Instituciones técnico-científicas y universidades.

4. Grupos de búsqueda, salvamento y rescate, brigadas forestales, y otros equipos voluntarios de respuesta inmediata a desastres y/o emergencias.

c) En el ámbito social por:

1. Organizaciones sociales y comunitarias.

2. Personas naturales y jurídicas de derecho privado.