Artículo 47. (Procedimiento de Inactivación).-
Sistema de Facturación Virtual (SIN 2014 10.0025.14)
29 de Agosto, 2014
Vigente
Reglamenta la implantación del Sistema de Facturación
Virtual (SFV) en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales,
estableciendo Modalidades de Facturación, procedimientos, aspectos
técnicos, formalidades, requisitos para la dosificación, activación,
inactivación, emisión y conservación de Facturas, Notas Fiscales o
Documentos Equivalentes; casos especiales de emisión y registro; la
autorización y control de imprentas; efectos tributarios; el registro y remisión de información de los Libros de Compras y Ventas IVA, así como
la autorización y dosificación de Facturas para espectáculos públicos y
artistas nacionales. Abroga la RA 05.0037.00 de 20/10/2000; RND 05-0014-01 de 16/01/2001; RND 10.0005.03 de 28/03/2003; RND 10.0047.05 de 14/12/2005; RND 10.0016.07 de 18/05/2007; RND 10.0022.08 de 29/06/2008; RND 10.0019.10 de 07/09/2010; RND 10.0010.11 de 27/04/2011; RND 10.0025.12 de 21/09/2012; RND 10.0040.12 de 21/12/2012; RND 10.0019.13 de 24/05/2013; RND 10.0049.13 de 30/12/2013; RND 10.0007.14 de 14/03/2014; RND° 10.0023.14 de 18/07/2014. Modifica los artículos 3, 4 y 5 de la RND 10.0039.05 de fecha 25/11/2005; el Parágrafo II del Artículo 5 de la RND 10.0012.06 de 19/12/2006; el Artículo 1 de la RND 10.0040.06 de fecha 21/12/2006; los Artículos 1, 2, 3, 4 y 6 de la RND 10.0032.07 de 31/10/2007 de complementación al (NSF -07); Los Artículos 3 y 4 de la RND 10.0007.11 de 01/04/2011; el Artículo 4 de la RND 10.0012.11 de 20/05/2011; los Artículos 1 y 2 de la RND 10.0038.11 de 02/12/2011; Disposición Adicional Única de la RND 10.0029.12 de 18/10/2012; Artículo 11 de la RND 10.0042.12 de 28/12/2012; Disposición Adicional Segunda de la RND 10.0021.13 de 31/05/2013; Artículo 5 de la RND 10.0044.13 de fecha 20/12/2013.
Artículo 47. (Procedimiento de Inactivación).-
I. | El Sujeto Pasivo
o Tercero Responsable para la Inactivación de sus Facturas o Notas
Fiscales, deberá realizar los siguientes pasos:
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II. | El formato del archivo para inactivación por lotes “Archivo” deberá
cumplir con lo siguiente:
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III. | El procedimiento de inactivación procederá para todas las Modalidades de Facturación siempre y cuando hubiesen sido previamente activadas para su emisión. |