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Recopilación de Normas Servicios Financieros LIBRO V - TÍTULO I

7 de Enero, 2013

Vigente

Libro V (Información de Entidades Supervisadas) - Título I (Transparencia de la Información)


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Artículo 1° - (Aprobación)

Las modificaciones o incorporaciones a la RNSF o al MCEF, previas a ser difundidas mediante Circulares Normativas, al sistema financiero y público en general, son aprobadas por ASFI a través de Resoluciones.

Artículo 2° - (Medios de Difusión)

La normativa emitida por ASFI y la legislación aplicable al sistema financiero, actualizada periódicamente por ASFI, se difunde y notifica a través de:

a) El sitio web de ASFI (www.asfi.gob.bo – Normas y Leyes);

b) La Red Supernet (www.supernet.bo – Normas y Leyes);

c) El Módulo de Ventanilla Virtual.

Alternativamente, ASFI pone a disposición de la entidad supervisada, como medio de difusión, el aplicativo denominado “Sistema de Difusión de Normativa”, que se encuentra en la red Supernet http://www.supernet.bo/Normas y Leyes/Sistema de Difusión de Normativa. Este aplicativo puede ser instalado en la entidad supervisada, siendo en este caso responsabilidad de la entidad supervisada la administración y actualización del mismo.

Artículo 3° - (Actualización del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”)

La normativa emitida por ASFI es actualizada a través del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”, de acuerdo a los pasos establecidos en la opción “Herramientas/Actualización Circulares”, contenido en el mismo aplicativo.

Adicionalmente, ASFI envía correos electrónicos a todas aquellas personas naturales o jurídicas que se hayan suscrito informando que se realizó una modificación o incorporación en la RNSF o en el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, de modo tal que cada entidad supervisada pueda encargarse de la actualización del aplicativo.

Artículo 4° - (Obligaciones de la entidad supervisada)

Para efectos del presente Reglamento son obligaciones de la entidad supervisada las siguientes:

1. Acceder a la normativa emitida por ASFI actualizada a través de cualquiera de los medios de difusión mencionados en el artículo 2° de la presente Sección;

2. Tener políticas internas, aprobadas por el Directorio u órgano equivalente, para difundir la normativa emitida por ASFI y la legislación vigente aplicable al sistema financiero, a todos sus funcionarios;

3. Si la entidad supervisada ha optado por la alternativa de utilizar el aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”, tiene la obligación de revisar periódicamente si el mismo se encuentra actualizado; así como, de suscribir a los funcionarios que tengan instalado el aplicativo para que “por correo electrónico” reciban el comunicado de las actualizaciones.