ARTÍCULO 59. (OTRAS ESCRITURAS PÚBLICAS).
Ley del Notariado Plurinacional (483)
25 de Enero, 2014
Vigente
Establece la organización del Notariado Plurinacional y regula el ejercicio del servicio notarial. Abroga la Ley del Notariado de 05/03/1858
ARTÍCULO 59. (OTRAS ESCRITURAS PÚBLICAS).
Son también escrituras públicas las siguientes:
| a) | Nombramiento de tutor y curador de persona mayor de edad; |
| b) | Adopción de persona mayor de edad; |
| c) | Autorización para el matrimonio de persona menor de edad, otorgada por quienes ejercen la autoridad de padres; |
| d) | Aceptación expresa o renuncia de herencia; |
| e) | Otros establecidos por Ley. |