OCTAVA.

Ley de la Empresa Pública (466)

26 de Diciembre, 2013

Vigente

Establece el régimen de las empresas públicas del nivel central del Estado, que comprende a las empresas estatales, empresas estatales mixtas, empresas mixtas y empresas estatales intergubernamentales. Modifica el Código Penal y el Código de Comercio


OCTAVA.
Se modifica el Artículo 126 del Decreto Ley Nº 14379, de 25 de febrero de 1977. Código de Comercio con el siguiente texto:

"Artículo 126.- (TIPICIDAD). Las sociedades comerciales, cualquiera sea su objeto, sólo podrán constituirse en alguno de los siguientes tipos:

1. Sociedad colectiva;

2. Sociedad en comandita simple;

3. Sociedad de responsabilidad limitada;

4. Sociedad anónima;

5. Sociedad en comandita por acciones;

6. Asociación accidental o de cuentas en participación;

7. Sociedad de economía mixta;

8. Empresa mixta;

9. Empresa estatal mixta; y

10. Empresa estatal intergubernamental.

La empresa estatal mixta, ¡a empresa mixta y ¡a empresa estatal intergubernamental sujetaran su actividad comercial a las disposiciones del presente Código, .considerando las regulaciones que se establecen en la Ley de la Empresa Pública que es de preferente aplicación.

Las sociedades cooperativas se rigen por Ley especial. Subsidiariamente, se aplicarán a ellas las prescripciones de las sociedades de responsabilidad limitada, en cuanto no sean contrarias: pero, si tuvieran como finalidad cualquier actividad comercial ajena a su objeto, quedan sujetas, en lo pertinente, a las disposiciones de este Código.".