ARTÍCULO 16. (EMPRESA CORPORATIVA).
Ley de la Empresa Pública (466)
26 de Diciembre, 2013
Vigente
Establece el régimen de las empresas públicas del nivel central del Estado, que comprende a las empresas estatales, empresas estatales mixtas, empresas mixtas y empresas estatales intergubernamentales. Modifica el Código Penal y el Código de Comercio
ARTÍCULO 16. (EMPRESA CORPORATIVA).
I. | La Empresa Corporativa es la empresa matriz de una corporación que tendrá la tipología de empresa estatal; podrá tener la tipología de empresa estatal mixta, siempre y cuando el nivel central del Estado posea una participación accionaria igual o superior al 97% (noventa y siete por ciento) y menor al 100% (cien por ciento). La denominación de la empresa matriz de una corporación debe identificar el objeto principal de su giro comercial e incluir e) término distintivo "Empresa Corporativa". | ||||
II. | El Decreto Supremo de creación establecerá la calidad de Empresa Corporativa, calidad que la faculta para contar con empresas filiales y subsidiarias, debiendo considerarse las particularidades establecidas en el siguiente Parágrafo. La Empresa Corporativa podrá constituir nuevas empresas en sociedad con sus empresas filiales y subsidiarias. | ||||
III. | La Empresa Corporativa tendrá bajo su control y dirección a empresas filiales y subsidiarias de tipología estatal mixta, mixta o estatal intergubernamental, ya sea de forma directa o indirecta de acuerdo a lo siguiente:
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IV. | La Empresa Corporativa tendrá bajo su control y dirección a empresas filiales y subsidiarias de tipología estatal, a través de la designación de los miembros del directorio de estas empresas, conforme a lo establecido en el Parágrafo IV del Artículo 36 de la presente Ley. | ||||
V. | El control y dirección que ejerza la Empresa Corporativa sobre las empresas filiales y subsidiarias, en forma directa o indirecta, deberá garantizar que estas empresas persigan el logro de los objetivos y metas definidos por la Empresa Corporativa para la corporación. | ||||
VI. | La Empresa Corporativa para el cumplimiento de los objetivos de la corporación podrá establecer empresas filiales en territorio extranjero, debiendo dar cumplimiento a las normas vigentes del país donde se establezcan. |